Introducción
El Plan Urbano Ambiental (PUA), previsto como ley marco por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CCABA) desde 1996, comenzó a elaborarse en 1999 y fue finalmente aprobado en diciembre de 2007, con la obligación de ajustarse/ actualizarse cada 5 (cinco) años (artículo 15º Ley 71º).
La regulación del PUA se consigna en el Capítulo Ambiental de la CCABA y en las Leyes Nº 71 y Nº 2930, mediante las cuales se fija la dependencia encargada en su elaboración –Consejo del Plan Urbano Ambiental (CoPUA)– y los contenidos básicos a desarrollar –Diagnóstico, Lineamientos, Modelo Territorial, Códigos vinculados con los aspectos urbanísticos, constructivos, ambientales y sobre las obras públicas, entre otros. De dichos componentes solo están aprobados el Diagnóstico y los Lineamientos (Ley 2930), el resto es aún materia de elaboración y posterior tratamiento legislativo.
El Modelo Territorial, como espacialización del marco propositivo –lineamientos y acciones–, es un instrumento fundamental que requiere un amplio proceso participativo con la comunidad y debe ser puesto a consideración de la Legislatura CABA (Ley Nº 71). Presupone que el mismo contiene la visión territorializada en el largo plazo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) en el contexto metropolitano, por medio, entre otros, de la distribución de la densidad poblacional (número de habitantes por hectárea), las vías principales de transporte (vial, ferroviario, subterráneo), los grandes equipamientos –hospitales, escuelas, terminales de ómnibus, museos, aeroparque, etc. –, las áreas de preservación, de renovación, de desarrollo, de riesgo, así como los atributos cuali-cuantitativos urbanoambientales de cada uno de ellos. Es un instrumento fundamental a la hora de poder generar opinión sobre los grandes cambios territoriales necesarios y alentar a su desarrollo con implicación social y económica. Asimismo, es un componente indispensable para poder actualizar el Código de Planeamiento Urbano de 1977.

Plan Urbano Ambiental: 2008 – 2013
El PUA es una ley marco, cuyo ideario es obligatorio en cuanto al cumplimiento de loslineamientos y las acciones que desarrolle el GCBA, caso contrario requiere que se ajuste o se modifique, parcial o totalmente, vía legislativa.
Un repaso sintético sobre la aplicación y encargues que se establecen en la Ley PUA (Nº 2930), además de no estar a consideración pública su ajuste/actualización en tiempo y forma, indica una notoria ausencia de ejecución gubernamental de la misma, tanto en término de investigaciones y propuestas previstas en la norma, como en la reducción sistemática de recursos presupuestarios, así como las limitaciones impuestas para la implementación de las directivas y estudios sin iniciativa ni seguimiento del CoPUA en correlación con una marcada ausencia de participación (artículo 27º de la CCABA).
La Auditoria del GCABA en un Informe de 2012 (Resolución AGC Nº 388/12; con el objetivo de “Evaluar en términos de eficiencia, eficacia y economía el cumplimiento de los objetivos institucionales y operativos, la adecuación de los recursos afectados al programa y la normativa vigente”), entre otras conclusiones indica, claramente, que el organismo encargado de la formulación y seguimiento del PUA está “desjerarquizado”, concurrente con la anexión del cumplimiento del Decreto Nº 1351/GCBA/02 (delega funciones de seguimiento de expedientes generados por las Consultasprevistas en el Código de Planeamiento Urbano –1977–, por tanto anterior a la constitución del CoPUA que no las tiene como misión en la Ley 71º) por el cual se “promovió que el mismo abordara y aplicara su tiempo en mayor medida a atender consultas relativas a actuaciones ajenas a su génesis”. Incluso precisa que “atento que el CoPUA es integrante del Foro Participativo Permanente y de la Comisión Asesora Permanente Honoraria, se ha verificado que durante el año 2011 ambas instancias de participación no han funcionado”. Por tanto, se interpreta que si no hay producción del CoPUA para implementar el PUA no puede haber participación del Foro. Finalmente, el Informe asevera que “se verifica en la falta de producción de documentos que aporten un valor agregado a los destinatarios del mismo y sirvan como un instrumento de monitoreo de la gestión del PUA por parte del PE. Todo lo cual hace que el organismo se encuentre desjerarquizado en relación a sus normas de creación”.
Sintetizando la formulación del PUA se puede caracterizar que está conformado por: 5 rasgos como VisionesEstratégicas de Largo Plazo –Ciudad Integrada, Ciudad Policéntrica, Ciudad Plural, Ciudad Saludable y Ciudad Diversa–, promoviendo un sistema propositivo concurrente con las políticas constitucionales espacializables –Metropolitano, de Estructuras y Centralidades, de Transporte y Movilidad, de Hábitat y Vivienda, Espacios Públicos, Producción y Empleo, Patrimonio e Instrumentos– detallados, a su vez, por medio de 50 lineamientos y 235 acciones. Un análisis somero indica en atención a lo acontecido entre los años 2008 y 2013que,sobre las acciones previstas, 24 acciones fueron desestimadas o contrarias, 114 acciones carecen de iniciativas para su implementación, 50 acciones se desarrollan parcialmente o de modo limitado y, finalmente, 47 de las 235 acciones se encuentran en desarrollo o en proceso de ejecución.
En principio, por tratarse de una propuesta urbano ambiental de largo plazo no podrían estar todas las acciones previstas en ejecución, pero sí deberían quedar muy pocas acciones sin iniciativas. Al revisar las acciones previstas sin iniciativas (49% de la todas las acciones), son notorias y predominantes la falta de iniciativas en los aspectos proposititos Metropolitano, Hábitat y Vivienda, Patrimonio Urbano e Implementación de los Instrumentos.
A título de ejemplo, con respecto a lo Metropolitano, solo se ha intentado un acuerdo con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en relación a la disposición de los residuos urbanos –por presión de la Nación y la propia Provincia–, siendo el más crítico, costoso en vidas y alejado de la gestión el lineamiento y las acciones correspondientes a “la anegabilidad metropolitana”. Con respecto a las propuestas de Hábitat y Vivienda el lineamiento más desatendido es el de “promoción de políticas de vivienda asequible para la población en situación de déficit habitacional con dificultades de acceso al mercado inmobiliario”, cuyos cursos de acción preveían “Facilitar la resolución habitacional de los sectores socioeconómicos con dificultades de acceso al mercado inmobiliario”, así como “Implementar e intensificar las acciones de mejoramiento de las situaciones habitacionales críticas que puedan ser resueltas sin traslado (urbanización de villas; regulación de intrusiones; mejoras en inquilinatos, hoteles y pensiones; resolución de conjuntos habitacionales)” y la de “Implementar soluciones de las restantes situaciones habitacionales (ocupación del espacio público; casas y edificios tomados) asignando a dicho fin el uso de inmuebles fiscales (predios resultantes de las expropiaciones, autopistas, etcétera)”; lo único promovido, a escala de las necesidades concretas, es por iniciativas Nacionales –tanto presupuestaria como en disponibilidad de tierras– y el resultado más evidente es la reducción en valores relativos y absolutos de recursos presupuestarios, y la más baja ejecución de los fondos asignados; lo contrario por alcanzar la Visión Estratégica por una Ciudad Integrada y Diversa. Además, con respecto a las propuestas sobre Patrimonio Urbano no se conoce ninguna iniciativa del CoPUA sobre promover “amplias características participativas a los procesos de decisión y gestión de áreas y objetos patrimoniales”, o de “establecer mecanismos de protección preventiva para los distritos de preservación patrimonial en trámite, en tanto se tratan los respectivos proyectos”, o de “implementar medidas de sostenimiento de la población residente en contextos de reciclaje de tejidos, reconversión de actividades e incremento de los valores inmobiliarios derivados de las acciones patrimoniales”, muy por el contrario son innumerables los casos de demoliciones de edificios con valor patrimonial, la expulsión de sus residentes para implantar megaedificios, la permanente pérdida de los entornos barriales y de los usos residenciales de baja densidad.
Por el contrario, uno de los aspectos sobre los cuales más se ha trabajado ha sido el de Transporte y Movilidad y el de Espacios Públicos. Sobre ambos, a efectos de abreviar, el resultado es la de mayor fluidez peatonal en el Microcentro y del transporte vehicular motorizado con ingreso metropolitano, así como del incremento de los costos de mantenimiento de las calles –reparación bianual de los asfaltos, señalización horizontal y vertical, semaforización de calles terciarias y modificación de las pendientes de desagüe–, en tanto se incrementó la centralidad del Microcentro –trazado del Metrobus, prolongación de líneas de subterráneo, optimización de autopistas, no radicación de las playas de estacionamiento del Área Central, triplicación del estacionamiento libre, etc. – lo contrario de la Visión Estratégica por alcanzar una Ciudad Policéntricaaprobado en la Ley 2930.

Desacople normativo
Varias leyes sancionadas, promovidas tanto por Legisladores CABA como por el propio PE, tampoco son implementadas –no se establece la reglamentación, no se les asigna presupuesto, etc. A continuación, repasamos algunos casos:
Espacios Verdes de Uso Público. Hay una disminución progresiva de los espacios verdes en la ciudad de Buenos Aires, en forma directa: por cambio de uso de Distritos de Urbanización Parque (UP) –comisarías, terminal de ómnibus Sur, centro de transferencia Chacarita, centros verdes, bajo autopista, nuevas actividades, ampliación de carriles para el transporte vehicular automotor– y, por concesiones con privatización transitoria de Distritos de Urbanización Parque (UP) –Club de Amigos; Plaza 1º de Marzo; etc. –,y de la costa, aproximadamente una disminución de 91 hectáreas. En forma indirecta, se destacan: la incorporación de conjuntos de vivienda que no incrementan los espacios verdes de la población existente en el entorno y solo alcanzan para los futuros habitantes de dichos conjuntos de vivienda, tal los casos de las ex playas ferroviarias de Caballito, Liniers, Sáenz y Buenos Aires; la incorporación de viviendas en terrenos públicos que incrementan el déficit de espacios verdes, tal el caso de las viviendas en la ex AU 3, entre Av. Congreso y Av. de Los Incas, incrementando el déficit en una hectárea; la incorporación de espacios verdes poco saludables, tal la ampliación de la ribera con rellenos sobre el río de La Plata y en la desembocadura del Riachuelo, aproximadamente11 hectáreas; la venta de tierra pública –Catalinas Sur y otros– que no se destinó a espacios verdes y, que a su vez, amplía el déficit de espacios verdes en 5 hectáreas; la densificación urbana, sin compensación ante las nuevas necesidades de espacios verdes, equivalente a100 hectáreas por año.

Densidad de población y criticidad de espacios verdes (MDU GCBA; ficha 2011)
Plan Buenos Aires Verde. Cuando se analiza la expectativa de crecimiento poblacional (3.540.000 habitantes en 2030; en el documento denominado “Modelo Territorial Buenos Aires 2010 – 2060”, del Ministerio de Desarrollo Urbano – GCBA, se estima que para el 2060 la cantidad de habitantes ascendería a 4.500.000 personas, equivalente a 640.000 habitantes más para el 2034) se deduce inmediatamente que, lejos de cumplirse el mandato constitucional de incrementar los espacios verdes (artículo 27º) se aumenta el déficit, se disminuirían los exiguos 3,2 metros cuadrados por habitante (2012) a 2,95 metros cuadrados de espacios verdes públicos por habitante en 2030. En la publicación “Incorporación de nuevos espacios públicos en la Ciudad de Buenos Aires 2008 – 2012” del Ministerio de Desarrollo Urbano – GCBA se detalla que la superficie de espacios verdes públicos es de 924,65 hectáreas; la superficie de espacios verdes es de 3,2 metros cuadrados por habitante. Asimismo, en el documento “Programa Buenos Aires Verde” de 2012, entre otros, se indica que la superficie verde requerida para mitigar un 5% de las emisiones de CO2 actuales (superficie de masa arbórea) sería de 13.124 has., y la superficie verde requerida para mitigar el impacto de la alta densidad constructiva y poblacional en el área central, 163 has.
Incluso, la propuesta distributiva de nuevos espacios verdes, prevista en 118,3 hectáreas (Buenos Aires Verde en 20 años: 78 nuevas plazas, en 23,4 has; 31 plazas integradas en 10,8 has y 12 grandes parques en 84,1 has. Tabla en GCBA (2014), “Buenos Aires Verde”, pág. 15), predominantemente se instalaría en la costa del corredor norte –en tanto se desatienden los barrios con necesidad crítica, tales como Almagro, Caballito y Flores–. Cabe consignar que la población teórica prevista según el Código de Planeamiento Urbano (CPU) sería de 4 millones de residentes, por tanto demandaría –no previsto en el CPU- 4.000 has de espacios verdes de uso público, de las cuales no menos de 2.400 has deberían ser distribuidas de modo proporcional con la densidad poblacional en todos los barrios y Comunas.

Grandes Parques previstos en el Plan Buenos Aires Verde 2014-2034 (84 has). Fuente: GCBA (2014), Buenos Aires Verde, pág. 6.
Adaptación y Mitigación al Cambio Climático. La Ley Nº 3.871, de octubre de 2011, establece criterios para reducir la vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales, en particular el establecimiento de Acciones y Medidas Mínimas de Adaptación, en relación con el sector urbanismo, espacios verdes y construcción, incluso se asigna evaluar el impacto del cambio climático sobre los sectores de transporte, de provisión de agua y del consumo de energía por vivienda. No fue reglamentada hasta 2014 y no se implementó. No hubo campañas de concientización, las normas de construcción sustentable se implementan parcialmente en algunos edificios de la administración pública porteña, muy poco en los privados, y en cuanto al transporte limpio ni el “nuevo” Metrobus puede llegar a tal calificación, puesto que no dejan de utilizar combustibles fósiles aunque sí mejora por utilizar carriles exclusivos (que coadyuvan a cierta reducción de emisiones de gases con efecto invernadero debido al tránsito continuo, una velocidad regular y mayor seguridad para todo el tránsito vehicular).
La Ley Nº 4024, de enero de 2012, que apunta a sistemas de captación de energía solar, para que se fomente y promueva el uso de energías renovables, no se reglamentó. Entre sus objetivos figura el de disminuir el consumo de energía proveniente de fuentes no renovables, lo opuesto al Proyecto de Ley propuesto por el PE CABA en favor de usar generadores de electricidad que utilizan combustible fósil, en lugar de promover el uso de energías renovables para la elevación de agua en las viviendas de baja y media densidad.
Ley Nº 4806 sobre Patrimonio Cultural de todas las calles con adoquinado (noviembre de 2013). La misma viene a perfeccionar la Ley Nº 65 y para evitar el incremento del efecto “Isla de calor” que, al alentarse el uso del asfalto, un recurso energético no renovable, aumenta la temperatura en el espacio público–debido al alto albedo del asfalto en comparación con la piedra de los adoquines–, así como facilita el aumento de la velocidad del tránsito automotor y altera los ciclos del agua y del aire, contribuye al aumento de la temperatura global, entre otros aspectos. Se estima que se han extraído adoquines y se asfaltaron, aproximadamente, 3.000 tramos de calles y, previsiblemente, 9.500 tramos de avenidas y calles están adoquinados con asfalto superpuesto. Asimismo, incrementa los costos de mantenimiento –no solo por requerir conservar el asfaltado cada 2 / 5 años, en lugar de 100 años con el adoquinado– para alcanzar la situación previa: se deben incorporar señalizaciones verticales y horizontales y semáforos para reducir la velocidad que antes era reducida (menos de 40 km/hora) y no necesitaba ninguno de esos elementos.
Plan de Acción Buenos Aires 2010-2030. Cambio Climático (APRA – GCBA (2009; el Decreto 137/09, 5 de Marzo de 2009, dio el marco institucional para diseñar e implementar el Plan de Acción en materia de Cambio Climático de la Ciudad). Plantea como meta global reducir aproximadamente el 30 % de emisiones de GEI en referencia a las emisiones del año 2008. Esto significa5.130.881 toneladas menos de CO2 eq /año para el año 2030.El fin del Plan de Acción fue poner a disposición de los vecinos de la ciudad las acciones concretas de corto, mediano y largo plazo para prevenir los efectos del cambio climático en todos los sectores identificados como vulnerables y prioritarios. Cabe consignar que, mientras el Plan indicaba, en 2009, que “surge la necesidad de afrontar de manera prioritaria el problema de las inundaciones en la Ciudad de Buenos Aires, y priorizar las acciones preventivas destinadas a reducir el riesgo de catástrofes” en abril de 2012 se produjeron 8 muertes por las lluvias sobre la cuenca del Medrano. Este Plan también estima que, como consecuencia de las condiciones de inundabilidad de la ciudad, se pueden afectar entre 2.200 y 7.500 has, pudiendo implicar entre 125.000 y 375.000 habitantes. También prevé que, ante el incremento de la temperatura y los efectos isla de calor, aumentará la demanda de energía en el periodo estival y “cortes en el suministro de energía” (APRA – GCBA (2009), Plan de Acción Buenos Aires 2010-2030, Bs.As., pág. 140), tal como sucedió en diciembre de 2013.

Inercia y Deslegitimación
Desde el punto de vista de la gestión del GCABA, el PUA tuvo entre el 2008 y el 2013 un contexto facilitador con una mayoría de integrantes convergente con el Poder Ejecutivo y los más altos presupuestos para gastos e inversiones generales. Entonces, ¿por qué desjerarquizar al CoPUA? ¿Por qué limitar presupuestariamente al CoPUA contrariando lo especificado en la Ley 2930? ¿Por qué no aceptar la labor colegiada y poner en debate los aspectos urbano ambientales de nuestra ciudad? ¿Para que toda siga igual? El resultado evidente es que no obstante la Ley 2930 PUA se encuentra vigente “en los papeles”, el Código de Planeamiento de 1977 y su sustento, el Plano Director de 1962 (“Plan Director para la Ciudad de Buenos Aires y Lineamientos Generales para el Área Metropolitana y su Región”) “existe en los hechos” convergentes con las expectativas de los desarrolladores y asociados funcionales, y divergente con muchos sectores de la sociedad que deben incurrir en infinitas gestiones para salvaguardar sus legítimos intereses –amparos, presentaciones al Ministerio Público, al Defensor del Pueblo de CABA, a entes públicos, audiencias, marchas, pedidos de informe, pedido de mediciones, presentaciones judiciales, pedidos en Comunas y decenas de dependencias, notas en periódicos, blogs, mails informativos, Facebook y otras redes sociales, conformación de ONGs, reuniones de debate, etc. Así, se convierte en un accionar inconstitucional al gestionarse en función del interés inmobiliario, de maximizar la renta urbana, de dilatar la definición de los nuevos instrumentos, y al desatender los aspectos urbano-ambientales, los procesos ecológicos esenciales, las contribuciones para las generaciones y la interdependencia metropolitana.

Centralidad y Desigualdad
Si bien el PUA normado podría calificarse de procurar una “suboptimización”, “de alentar mejoras” para “alcanzar equiparaciones territoriales a mediano plazo”, los desvíos y la inacción evidenciada sobre los diversos rubros del plan solo consolidan y redundan en un incremento de la monocentralidad metropolitana, a la vez que crece la congestión en los subcentros de CABA y la gentrificación selectiva en los barrios de alta renta urbana.
A la vez, se siguen perdiendo grandes fracciones de tierra pública amplificando una densificación con actividades funcionales al Área Central, a la privatización de bienes sociales y a los intereses de los desarrolladores, perdiendo la oportunidad por desconcentrar actividades y descentralizar la gestión sociopolítica, a la vez que asistir a los sectores sociales más carenciados.
Por otra parte, no obstante el desarrollo del sistema de bicicletas públicas y los carriles exclusivos para ciclistas, así como el Metrobus, se prioriza al tránsito vehicular motorizado en nombre de la “eficiencia” –con túneles para automotores y ampliación de carriles para automotores– y una jerarquización vial en correspondencia con el Área Central, coadyuvando, más que a la organización urbano ambiental de CABA en el contexto metropolitano, al proceso de expansión con baja densidad de la Región Metropolitana y destrucción de humedales y tierras agroecológicas óptimas, prorrogando la última década del siglo XX.

Fuente: http://commons.wikimedia.org/wiki/File%3ANASA_ISS006-E-24987.jpg
Los primeros motores de lo urbano son la renta de la tierra y las inversiones públicas. En tanto no se regulen y se redistribuyan los beneficios de la aglomeración a la comunidad, se elevará y concentrará aún más la renta urbana al tender a un “crecimiento infinito” por conversión de la tierra rural en urbana, de las demoliciones del patrimonio inmobiliario en edificios con mayor superficie cubierta y al transferirse la tierra pública para desarrollos privados destinados a sectores de altos ingresos –Mercados; Puerto Madero; playas ferroviarias de Liniers, Caballito, Pacífico; lotes en Catalinas Norte, Isla Demarchi, antepuerto; ex Boca Juniors; tierras ferroviarias en Caballito; etc.
Además, cuando se acredita la mayor densificación y los desarrolladores se comportan monopólicamente en los mercados de la tierra, se asiste a un escenario de presión sobre el Área Central – Corredores para contar con la asistencia de inversiones públicas que faciliten la accesibilidadmetropolitana a las mismas y optimicen sus infraestructuras, elevando aún más el precio de la tierra para su apropiación privada. Dichos incrementos y la falta de inversiones equivalentes en otros sectores urbanos de CABA y de la Región Metropolitana llevan a dos aspectos críticos: el “derrame” del precio de la tierra que expulsa a los vecinos de CABA de menores ingresos y condiciona las migraciones de la población e incrementa las desigualdades territoriales, a la vez que la monocentralidad seguirá demandando mayores inversiones públicas para “mantener” y “actualizar” su accesibilidad “competitiva”. Es un proceso de metropolización con actores concretos y permisividad gubernamental, “decididamente”insostenible.

El interés inmobiliario y el desinterés social con expulsión y víctimas inocentes también es un rasgo de este período. Es imposible dejar de entrever la interdependencia entre edificios con valor patrimonial, desalojos forzados, demoliciones, nuevas construcciones, falta de fiscalización, derrumbes, presión sobre la infraestructura, expulsados y personas en situación de calle, demolición de no menos de 87 edificios con valor patrimonial, y 84 con denuncias o pedidos de amparos ante acciones contrarias a la protección de los inmuebles. Además de un lamentable resultado evitable de personas intoxicadas, detenidas, evacuadas, heridas y muertas. No menos de 15.000 familias fueron desalojadas entre diciembre de 2007 y junio de 2013, y de modo forzoso 1.736 familias –aproximadamente 7.812 personas, de las cuales 2.604 serían niños–, entre los cuales hubo detenidos, heridos e intoxicados por gases lacrimógenos. No menos de 154 personas murieron en situación de calle entre diciembre de 2007 y junio de 2013. No menos de 55 siniestros en demoliciones o edificios en construcción con 17 muertos, en su mayor parte obreros de la construcción, 122 heridos y 613 vecinos evacuados durante el mismo periodo.
Es parte de un cuadro donde parece que los vecinos son solo los propietarios y donde la densificación destruye lo barrial, y la ciudad se aleja de conformarse como proceso de construcción histórica y se transforma en mera urbanidad, modernidad impuesta por los grandes inversores.
Conclusión Provisoria
La falta de iniciativas del CoPUA y la mayor dedicación burocrática del mismo sobre interpretaciones de lo codificado en el Código de Planeamiento Urbano (CPU) –por tanto, sin ocuparse por el futuro de la ciudad en el contexto metropolitano pero sí de viabilizar, en muchos casos, materias cuestionables o de ralentizar consultas técnicas de la Legislatura– es un claro indicador político que, ante el vacío, inhibe la participación de la población, habilitando en simultáneo ejecuciones descontextualizadas, sectoriales, como marcas coyunturales que se imponen sin comprensión sociocultural. La planificación de la ciudad solo es entendida como ideario argumental de quién toma decisiones, para lo cual, la ausencia de información sobre el bien en elaboración es el medio adecuado para irrumpir “mágicamente” vía propagandas dirigidas –lo cual lleva a un estilo de actuación antidemocrática– que, en tanto aísla los procesos con contenido socioambiental, incentiva los valores de rentabilidad/ expulsión.
La falta de ajuste de los lineamientos y de las acciones previstas en el PUA, así como la falta de definición del Modelo Territorial desmerecen lo actuado normativamente y, por inacción, se desacopla para actualizarlo ante los importantes cambios sociales, ambientales, tecnológicos y económicos acontecidos. En tanto, es fácil observar cómo se recalifican muchas ciudades del mundo –en particular latinoamericanas- en comparación con nuestra ciudad, y como esas ciudades han orientado y optimizado sus espacios públicos, la atención a los sectores sociales más postergados, la protección patrimonial, el transporte como sistema de movilidad, así como, en muchos casos, una reconversión profunda en clave de sostenibilidad energética, de adecuación integral al cambio climático y de alimentación local
¿Con que instrumentos hay que trabajar/ actuar? Pla-ni-fi-can-do para/con la comunidad y ac-tuan-do mirando el futuro con responsabilidad intergeneracional, donde las metas no son los metros cuadrados de edificios construidos o de asfalto sobre el adoquinado, o de aumento del precio de la tierra, sino de mejoras socio-ambientales concretas: menos ruidos, menos polución, aguas e industrias más limpias, espacios públicos más seguros y permeables, mejores condiciones de habitabilidad generalizada, más forestación y nuevos espacios verdes, menos velocidad para los vehículos motorizados, pacificación del tránsito, mejorando-mejorando-mejorando el transporte público, sin autos transitando con una sola persona, menos concentración en el área central y más descentralización y desconcentración, informar y concientizar sobre los riesgos y vulnerabilidades, un financiamiento –a redistribuir– en base a los altos ingresos y a la renta urbana, etc. Tenemos derecho a alcanzar una ciudad integrada, policéntrica, saludable, plural y diversa, así como debemos contar con una concordancia efectiva entre las políticas consensuadas y el accionar gubernamental.
ML
El autor es Planificador Urbano Regional, ex Consejero del Plan Urbano Ambiental de CABA, profesor en la Maestría en Tecnologías Urbanas Sostenibles –FI UBA.
Existe una publicación del año 2011, editada por la Subsecretaría de Planeamiento – Ministerio de Desarrollo Urbano, denominado Modelo Territorial Buenos Aires 2010-2060, (ISBN 978-987-26328-5-4) que no reúne ninguna de las características que se enumeran seguidamente en el texto principal. El ensayo distorsiona las “Visiones Estratégicas” y el “Sistema Propositivo” establecido en la Ley 2930 al narrar escenarios aislados como “La Ciudad Pensada”, “La Ciudad Tendencial”, “La Ciudad Deseada” y “La Ciudad Sustentable” puesto que, cada una de esas configuraciones, responden a objetivos y metas diferentes. Ese tipo de ejercicio, en parte, se utilizaba en la década de los ´80 para debatir y visualizar estrategias propias de la prospectiva antes de definir las metas efectivas a alcanzar. Actualmente, pero atendiendo un sistema de variables dependiente de las energías conocidas, se utilizan escenarios de alta incertidumbre tecnológica y sociocultural como son los de cambio climático propuestos por el Panel Internacional de Cambio Climático de Naciones Unidas. (ML)
Sobre el Modelo Territorial, ver también entre otras notas en café de las ciudades:
Número 118 | Planes de las ciudades
Apuntes para una crítica al Modelo Territorial de Buenos Aires | Lo que plantea y lo que excluye | Guillermo Jajamovich
Sobre el Plan Urbano Ambiental:
Número 21 | PlanesEl Plan Urbano Ambiental de Buenos Aires | Origen y situación actual. | Rubén Gazzoli
Número 60 | Planes de las ciudades (I)
El Plan Urbano Ambiental: momento de decisión | Un marco legal imprescindible para Buenos Aires | Mario Sabugo
Número 63 | Planes de las ciudades (II)
Valija de Antonini Wilson 14 – Plan Urbano Ambiental de Buenos Aires 1 | En el juego mediático, el planeamiento de la Ciudad pierde por goleada | Artemio Abba
Número 66 | Planes y Política de las Ciudades (I)
Aprobar y mejorar el PUA | Presentación en la Audiencia Pública del Plan Urbano Ambiental de Buenos Aires | Marcelo Corti
Número 84 | Planes de las ciudades (I)
El Plan Urbano Ambiental de Buenos Aires | Un análisis crítico de la legislación argentina (III) | Marcelo Corti
Número 84 | Planes de las Ciudades (II)
La ley protege la inequidad en la Ciudad | Sobre el Plan Urbano Ambiental de Buenos Aires | Martín Hourest
Número 125 | Un análisis crítico de la legislación argentina (XV)
La Ley 4477 de la Ciudad de Buenos Aires | Las playas ferroviarias y “el Plan que realmente existe” | Marcelo Corti
Y sobre el Código de Planeamiento Urbano:
Número 47 | Planes de las ciudades
Cómo cambiar de una vez por todas el ya agotado (y además confuso) Código de Planeamiento Urbano de Buenos Aires | Apuntes para una normativa urbana (III). | Mario L. Tercco |
Número 53 | Política de las ciudades (I)
Las políticas urbanísticas en su laberinto (I) | El Código de Planeamiento Urbano de Buenos Aires o la quimera de la Planificación: la densificación vertical de la Avenida Pedro Goyena, en Caballito y Flores. | Daniela Szajnberg y Christian Cordara |
Número 54 | Política de las ciudades
Las políticas urbanísticas en su laberinto (II) | El Código de Planeamiento Urbano de Buenos Aires o la quimera de la Planificación: la densificación vertical de la Avenida Pedro Goyena, en Caballito y Flores. | Daniela Szajnberg y Christian Cordara |
Número 62 | Planes y Política de las ciudades
Normativa urbanística: la articulación entre planeamiento, participación y gestión | Sobre los conflictos alrededor del Código de Planeamiento Urbano de Buenos Aires | Marcelo Corti