Un grupo de ciudadanos y ciudadanas agrupados en la Protocomuna del barrio de Caballito promueve la creación del Parque del Bicentenario en los terrenos de propiedad del Estado Nacional ubicados en la ex playa de maniobras del Ferrocarril Sarmiento. A tal efecto, impulsan la aprobación de un proyecto de Ley modificando el Código de Planeamiento Urbano para remplazar la actual zonificación de esos terrenos como UF (Distrito Urbanización Futura) a UP, Urbanización Parque. En los fundamentos del Proyecto, presentado por los diputados Martín Hourest, Fabio Basteiro, Antonio Campos, Rocío Sanchez Andia, Sergio Abrevaya, Julián D’angelo, Julio Raffo, Eduardo Epszteyn, Marcelo Parrilli, Adrián Camps, Juan Cabandie, y Gonzalo Ruanota, se sostiene que “la creación del Parque del Centenario fue un aporte de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a los festejos del Centenario. Hoy, cien años después, proponemos emular dicha acción creando el Parque del Bicentenario”.
Efectivamente, la creación de un sistema de parques urbanos de gran escala fue parte esencial de la conformación de Buenos Aires como la gran ciudad sudamericana entre fines del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX. El proceso, magníficamente explicado por Adrián Gorelik en “La Grilla y el Parque”, fue fundamental para la constitución de un sistema de barrios integrados y acompañó otros desarrollos, como fueron la extensión de las infraestructuras de saneamiento, la extensión de la red de transporte público, el acceso universal a los servicios de educación y salud y la construcción de una rica identidad barrial a partir del asociacionismo y las organizaciones populares de la cultura, el deporte y la solidaridad.
En la concepción del Parque 3 de Febrero en Palermo (que como bien señala el proyecto de Ley, ha perdido en poco más de un siglo gran parte de su superficie original) y en los posteriores, como el Chacabuco, el Lezama, el Rivadavia, el de los Patricios, el Avellaneda y el citado Centenario, es clara la voluntad de establecer focos de “civilidad” bien distinguibles en la trama urbana, articulados con programas recreativos, educativos y culturales (bibliotecas, gimnasios, museos, etc.) en clave de lo que hoy llamaríamos “construcción de ciudadanía”. Cien años más tarde, la línea estratégica de estas operaciones no es muy distinta de aquellas que es posible encontrar en experiencias como las de Bogotá y Medellín, señaladas como de vanguardia en el contexto latinoamericano.
Los fundamentos del proyecto hacen hincapié en datos cuantitativos de relación entre las cifras de población y las superficies de espacio verde disponibles en la ciudad y, correctamente, incorporan la dimensión metropolitana del problema. Enumeran además toda una serie de antecedentes registrados a lo largo de los últimos años: entre otros, un proyecto de ordenanza del año 1994 de los Concejales Ibarra, Fatala, Fernández, Jozami y Gabrieli; un proyecto de Ley del Diputado Fatala de 1998; el convenio de transferencia de las tierras en el año 2000, entre el ENABIEF y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para:”destinarlo a parquizacion y espacio público”; el Concurso Público Nacional organizado ese mismo año por la Sociedad Central de Arquitectos para un diseño de parque público, del que resultó vencedor la propuesta de los arquitectos Pablo Rozenwasser y Daniel Silberfaden; una nota del Jefe de Gobierno con fecha 21 de abril de 2004. en el que queda clara que este proyecto integra el Corredor Verde del Oeste; el Proyecto de Iniciativa Popular 3009-I-2004 impulsado por la organización vecinal Proto Comuna Caballito, junto a casi 12.000 firmas de vecinos que participaron de la misma; un proyecto de 2005 del Diputado Norberto La Porta; otro proyecto de 2006 de Rafael Bielsa en la Cámara de Diputados de la Nación y el Decreto 607/2008 del actual Jefe de Gobierno, donde se sostiene que la Ciudad posee “la tenencia precaria del bien (…) hasta tanto se concrete la tenencia definitiva del mismo en los términos de la Ley N° 24.146, debiendo ser destinado a Parquización y Espacio Público”. En síntesis, “desde hace 16 años hay intención legislativa de lograr esta modificación en el Código de Planeamiento Urbano de nuestra Ciudad”, la idea está ampliamente sustentada desde la sociedad civil “con el apoyo unánime de las organizaciones intermedias del barrio a lo largo de 10 años, y tanto el Estado Nacional como el Ejecutivo de la Ciudad concuerdan con ella”: un parque de “escala ciudad” que podrá ser disfrutado por los habitantes de todo el oeste de la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires.
Cabe destacar además que el Plan Urbano Ambiental de la Ciudad establece en suArtículo 9º como objetivo “el incremento, recuperación y mejoramiento del espacio público y de la circulación, de los parques, plazas y paseos y de las áreas de calidad patrimonial, a fin de dar lugar a funciones vitales como las de encuentro, relax, confort y socialización, asegurando a todos los habitantes el derecho a su uso, y de otorgar identidad a las distintas zonas de la ciudad”, estableciendo a tal fin entre otros lineamientos “La conformación de un sistema de parques de escala metropolitana, a través de la articulación física y funcional de los grandes espacios de la ciudad ya conformados (Parque Tres de Febrero, Parques de Costanera Sur, la Reserva Ecológica y Parque Almirante Brown) y los que se creen en el futuro” y “Promover la incorporación de nuevos parques urbanos dentro de los usos que se definan para tierras fiscales desafectadas de usos anteriores”.
La modificación normativa propuesta establece un límite a cualquier pretensión de destinar los predios de propiedad nacional en Caballito a otro fin que el de parque público (debe recordarse que la recuperación costera de Rosario, uno de los mejores ejemplos argentinos en materia de intervenciones urbanísticas de los últimos años, pudo realizarse a partir de una cesión de tierras realizada en términos similares por el estado Nacional). A partir de su sanción, podrá avanzarse en la definición de un programa de gestión e intervención que adecué a las necesidades de nuestra época la concepción del parque urbano, y explorar otros caminos para seguir generando el sistema de parques metropolitanos de Buenos Aires en el siglo XXI: la concreción del Parque Lineal del Riachuelo, la generación de instrumentos de gestión del suelo, la articulación con los municipios del Conurbano, entre otros.
MLT
Sobre el Plan Urbano Ambiental, ver también en café de las ciudades:
Número 84 | Planes de las ciudades (I)
El Plan Urbano Ambiental de Buenos Aires | Un análisis crítico de la legislación argentina (III) | Marcelo Corti
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Presentación editorial (número 65)
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