“…Terquedades será una tribuna de doctrina” (C. Ricot)

El horrendo episodio de los seis hermanos muertos en el incendio de una casa ocupada en la Boca rodeó de dramatismo al veto parcial del Poder Ejecutivo porteño a la Ley 2973, aprobada en diciembre del año pasado por los bloques opositores de la Legislatura. Dicha Ley modifica la Ley 1408, de Emergencia Habitacional, estableciendo parámetros y criterios que constituyen en la práctica la virtual reglamentación de la misma. Así, se identifica en su primer artículo el universo de sujetos y grupos familiares afectados por la emergencia habitacional, y se establece en su artículo 7 que el Ejecutivo presentará, dentro de un plazo de noventa días, un Plan Progresivo de Solución de la Emergencia Habitacional (en el texto se precisan los destinatarios del Plan, las acciones a desarrollar, los organismos a cargo, los plazos y los mecanismos de control).
La aparente imposibilidad de la ciudad y distrito más rico del país en resolver su déficit de vivienda no debe atribuirse solamente a la ineficiencia de los sucesivos gobiernos locales (aunque esta es por supuesto evidente). La propia riqueza de la Ciudad la hace atractora de residentes en procura de oportunidades de empleo y servicios, que en el caso de las capas más pobres de la población argentina y de la región no está acompañada de la posibilidad de acceder a una vivienda digna en el mercado formal.
El déficit tiende entonces a autoreproducirse, de modo que resultaría falaz la idea de resolverlo en un contexto en que no se encare a su vez el déficit en otros distritos y especialmente en los municipios del Area Metropolitana de Buenos Aires. Una profundización de las asimetrías entre la Ciudad y el resto del país podría hacer insoportable las tensiones ocasionadas por la excesiva demanda de localización residencial en el distrito. Esto involucra al Gobierno Nacional e incluso al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, sin liberar por ello de responsabilidades al Gobierno de la Ciudad.

De acuerdo a la fuente que se considere, la población que vive en condiciones de precariedad habitacional en la Ciudad de Buenos Aires oscila entre las 300.000 y las 500.000 personas. Pero la situación de emergencia, lejos de despertar la solidaridad de los ciudadanos porteños (salvo, como veremos, en la humana expresión de horror por la muerte de los hermanitos, o en general por las situaciones más evidentes de abandono y miseria), genera en cambio prevenciones y rechazos contra todo intento de relocalización que involucre la cercanía residencial de colectivos villeros. Esto es en la práctica un fuerte argumento a favor de la radicación: el traslado masivo y compulsivo de la población villera (en general, a barrios sin capacidad de presión política ni mediática) solo genera más conflictos y fragmentaciones de la sociedad.
Algo que puede parecer una anécdota (o una “buchoneada” de nuestra parte) es, sin embargo, ilustrativo respecto a las ambigüedades ideológicas de algunos gobernantes porteños y ayuda a comprender el fracaso de 12 años de administraciones autonomicas en la resolución del problema de la vivienda. Aníbal Ibarra, que como Jefe de Gobierno vetó en el año 2004 dos artículos de la Ley 1408, fue uno de los diputados que votó la Ley 2973, que reintroducía los mismos artículos…
Sin embargo, las contradicciones de la centro-“izquierda” (o el “progresismo berreta”, en la feliz definición de Mauricio Macri) no alcanzan para disimular las incongruencias del pensamiento conservador argentino (¿podríamos llamarlo “conservadorismo berreta”?). Tres notas de un mismo número de La Nación, el pasado 15 de enero, abordan de distintas maneras la cuestión de la Emergencia Habitacional y ejemplifican los sinuosos meandros de la ideología de “centro”-derecha argentina.

La nota editorial La tragedia de La Boca sostiene que “la muerte de seis niños en un incendio da cuenta de la crítica situación de un barrio en el que abundan las casas tomadas”. En una sustanciosa frase, el Director de La Nación sostiene que la tragedia “fue el desenlace inexorable que, más tarde o más temprano, iba a ocurrir” (nótese el fuerte sentido determinista del discurso) “si llegaban a entrecruzarse, como esta vez, factores adversos cuya existencia desde mucho tiempo antes viene generando solidarias voces de alerta” (veremos más adelante lo que sostienen estas voces “solidarias”). La tesis editorial puede resumirse en estas claves:
– Tras la debacle del Riachuelo como puerto y sede de la industria náutica, el barrio fue progresivamente ocupado por intrusiones “alentadas por solapados “punterismos” políticos” o “espontáneas” (forma de designar a las intrusiones no alentadas por punteros) en edificios, casas, fábricas y locales abandonados, e incluso por villas de emergencia. No se menciona en la nota a los conventillos ni a los “hoteles”, quizás porque el hecho de que estos sean usufructuados por un propietario que cobra alquileres a sus inquilinos o huéspedes establece una diferencia, que La Nación considera esencial, con respecto a las otras formas en que se manifiesta la precariedad habitacional: el cuasi-sacro estatuto de la Propiedad. Soy socialdemócrata, no cuestiono el derecho a la propiedad, pero no creo que tenga preeminencia sobre otros derechos como el de la vivienda, la dignidad y mucho menos la vida; por otro lado, la indignación mediática, social y política por las “usurpaciones” que cometen los villeros no se replica en el caso de las concesiones “truchas” de inmuebles de propiedad del Estado local, como demuestra un reciente informe del semanario Noticias Urbanas.
– “El orgullo movilizado por las realidades del novísimo edificio de la Fundación Proa, del Museo de Arte Construido y del Museo de La Boca entra en colisión con la mezcla de auténticos necesitados y de marginales encubiertos que convive a duras penas dentro de los inmuebles ocupados”. Aquí, el Director abarca en una misma frase las cuestiones del orgullo barrial, la estética urbana (positiva en el caso de los centros culturales, negativa en la impresión que producen necesitados y marginales) y la ética que distingue a los pobres auténticos de los que encubren su marginalidad, palabra que suponemos alude a los márgenes de la Ley, o sea a los delincuentes. Cabe aclarar que cuando La Nación informa sobre otras realidades urbanas (por caso, el Barrio Parque o los countries sobre los que publica un suplemento especial los días sábados) no se siente obligado a distinguir entre “auténticos” empresarios, profesionales y personalidades del arte, el deporte y la cultura que han tenido éxito y disfrutan de un buen nivel de vida, respecto a “encubiertos” evasores de impuestos, narcos, representantes de fútbolistas y traficantes de personas y de armas que conviven en la tercera corona metropolitana de Buenos Aires.
– “Nadie puede alegar desconocimiento de esa degradación urbana”, y mucho menos, según el Director, los sucesivos Jefes de Gobierno porteños, incluyendo al actual, “quien hasta hace poco más de un año tuvo a pocas cuadras de ese lugar su despacho de presidente del club Boca Juniors”. Ahora bien, el Director señala como una muestra de ese conocimiento de Macri sobre la situación habitacional en La Boca el hecho de que “acaba de vetar una norma que suspendía por seis meses el desalojo de inmuebles ocupados pertenecientes a la urbe autónoma”, es decir, la Ley 2973. Para La Nación, según se desprende de esta línea de razonamiento, los desalojos serían una parte fundamental de la estrategia para resolver la situación habitacional en el barrio.
– “Es menester”, concluye el Director, “hacer cuanto esté al alcance de todos nosotros para evitar la reiteración de esta tragedia. Sin dejar de lado otras obras menos imprescindibles, los niveles de gobierno nacional, provinciales y municipales deberían ocuparse, con rango de política de Estado, de asignar las partidas disponibles y llevar a cabo las acciones que fuese menester para ponerle remedio a esta endémica cuestión, que no puede quedar librada al albur de la valiosa solidaridad privada”.
¿Cuáles son las acciones que resultan “menester” para “ponerle remedio a esta endémica cuestión” de la precariedad habitacional? Desde mi punto de vista, no me caben dudas: estricta regulación del mercado del suelo orientada a la inclusión habitacional, apoyo del Estado en sus distintos niveles a las iniciativas de las familias e individuos y de las organizaciones ciudadanas, empresas sociales y otros colectivos urbanos en pro de la urbanización inclusiva, construcción de viviendas para alquiler, venta o comodato por parte del Estado, exigencia de construcción de viviendas sociales para el otorgamiento de permisos a emprendimientos inmobiliarios “premium”, consideración de la vivienda y los servicios urbanos como parte del salario de los trabajadores, extensión del concepto de vivienda social a la destinada a los sectores medios sin capacidad de ahorro, los estudiantes, los jubilados/as y otros colectivos apartados de las sucesivas “fiestas” del privilegio en la Argentina, consideración de la producción social de la vivienda y la ciudad como una actividad económica generadora de empleo y ciudadanía que amerita en mayor medida que los concesionarios de automóviles y las casas de electrodomésticos los favores y subsidios del Estado ante las crisis económicas y las recesiones. No se si esa es la idea que sostiene el Director de La Nación acerca de las acciones que deben implementarse, pero con seguridad no es la de los otros columnistas del más que centenario matutino en su sabrosa edición del 15 de enero.

Javier Navia, por ejemplo, imagina en las reacciones posteriores al incendio del banco tomado “Un ataque “por derecha” que Macri no esperaba”. El columnista considera “de derecha” los cuestionamientos del kirchnerismo porteño y de partidos de izquierda al Jefe de Gobierno por no haber “intervenido anteriormente en ese lugar ocupado, donde las condiciones de vida de sus moradores podían anticipar lo que ocurrió. Olvidando incluso que la ley le impide al gobierno intervenir en un edificio privado, parecían clamar por lo que no se atrevían a pronunciar en voz alta: desalojos masivos. Lo curioso es que esa crítica provenía de sectores que suelen considerar propias de dictaduras las políticas que persiguen poner fin a situaciones irregulares y de extrema peligrosidad, como las construcciones que se levantan en la villa 31”. También para Navia la solución a la emergencia habitacional pasa por los desalojos de quienes sufren la emergencia, sin precisar cual sería el paso siguiente al desalojo. La línea conceptual es idéntica a la del Director, aunque expresada con menos elegancia y ambigüedad. El propio Macri es criticado en la nota por adoptar supuestas “posturas ambiguas en temas en los que en otros tiempos -tiempos electorales- no solía mostrar medias tintas. Por ejemplo, la necesidad de erradicar las villas de emergencia de la ciudad. Una idea que el jefe de gobierno hoy ya no expone, al menos en esos términos”.

Finalmente, Hugo Gambini, aborda la cuestión del “Urbanismo en la villa 31”. A tal efecto, aconseja “acudir a las instituciones, que para algo están”. La institución recomendada por Gambini es la Academia Nacional de Bellas Artes, que en 1994 sostuvo la necesidad de erradicar la villa de Retiro. “Se habló, claro, de reubicar a sus moradores en viviendas que se construirían en terrenos fiscales”, aclara Gambini sin precisar cuales serían esos terrenos fiscales; de esta manera, el Estado utilizaría tierras en algún lugar del mundo a efectos de evitar “que por razones políticas se legitimara la usurpación de terrenos”. Este enroque recuerda la “curiosa variación de un filántropo”, como definió Borges aquella propuesta de Fray Bartolomé de Las Casas para importar negros esclavos y remplazar a los indios en la extenuante tarea de extraer las riquezas de las minas americanas al principio de la conquista española. La señora Nelly Perazzo, desde la prestigiosa Academia, propuso como alternativa al barrio la realización de un parque.
Además de considerar a la Academia de Bellas Artes como una institución urbanística, Gambini comete otros dos errores: sostiene que “salvo quienes viven en la villa 31, nadie defiende el asentamiento en esos terrenos, que no son de nadie, pero son de todos los habitantes de Buenos Aires”. En realidad, hay mucha gente que defiende el derecho de los habitantes de la 31 a vivir en Buenos Aires y urbanizar su barrio; por otro lado, los terrenos no son ni de nadie ni de los habitantes de Buenos Aires. Son del Estado Nacional, que si estuviera interesado en la urbanización de la villa solo tendría que ceder el predio a la Ciudad o a los villeros organizados con cargo a la realización de dicha urbanización (de la misma manera que a la Ciudad le bastaría con establecer una normativa urbanística adecuada para condicionar al Estado Nacional y frenar cualquier afiebrada elucubración sobre emprendimientos inmobiliarios de lujo y rascacielos a 6.000 dólares el metro cuadrado).

El lugar común de estos razonamientos mediáticos es la idea de una solidaridad del desalojo, algo parecido al “porque te quiero te aporreo” de nuestras abuelas. La solución a la emergencia habitacional de Buenos Aires consistiría en sacar a los villeros u ocupantes por la razón o por la fuerza de sus precarios alojamientos, demoler estos y parquizar el predio (para-que-no-digan-que-queremos-hacer-un-negocio-inmobiliario). ¿Qué pasa con los desalojados? Se los lleva a otros lugares. ¿Qué lugares? Y… lejos, a cualquier lado, pero lejos. Lejos en la Ciudad, a Villa Lugano o Villa Soldatti, y si en esos barrios los vecinos no son solidarios y no aceptan a los desalojados, al Conurbano, a Florencio Varela, a José C. Paz, a Berazategui, y de continuar el problema o en caso de que los desalojados no aprecien la solidaridad de la que fueran objeto, a la Patagonia, a sus “provincias de origen” (versión del siglo XX), a sus países de origen (versión contemporánea), a la concha de su hermana o a donde sea. Pero lejos.
MLT
Atribuir a la derecha argentina la idea de enviar villeros a la concha de su hermana no es un exabrupto de mi parte, sino un corolario de la parábola del hornero y de la almeja que propone Carmelo Ricot en el número 6 de esta revista. (MLT)
Ver en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la Ley 2973, el Decreto 9/09, que la veta, la Ley 1408 y el Decreto 1611/04, que la veta.
Ver las notas La tragedia de La Boca (editorial), Un ataque “por derecha” que Macri no esperaba, de Javier Navia, y Urbanismo en la villa 31, de Hugo Gambini, en La Nación del pasado 15 de enero.
El informe de Alejandra Vignollés en el semanario Noticias Urbanas indica la existencia de 573 concesiones a particulares de inmuebles de propiedad del Gobierno de la Ciudad, otorgados en distintas administraciones, sobre los cuales 364 se encuentran en condiciones de ocupación irregular y en 116 casos no se informa sobre la existencia de ningún instrumento jurídico que haya otorgado la concesión en algún momento. Ver también la nota Buenos Aires, la reina de las concesiones truchas, de Claudio Mardones, en Crítica de la Argentina del 27 de enero.
Ver las notas La favelización anunciada, de Jorge Lanata, en el diario Crítica de la Argentina del 25 de enero, y La inexplicable pobreza porteña, de Javier Fernández Castro, en el Diario de Arquitectura de Clarín del 27 de enero
Terquedades anteriores:
Presentación editorial (número 65)
Terquedad de las clases medias (y sus críticos)
Terquedad de las villas y los funcionarios