El pasado 29 de marzo la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional de Chile aprobó la formulación del Derecho a la Ciudad. Este es el articulado propuesto:
- Todas las personas tienen derecho a habitar, producir, gozar, transformar y participar en ciudades y asentamientos humanos libres de violencia y en condiciones apropiadas para una vida digna.
- El derecho a la ciudad es un derecho colectivo orientado al bien común y se basa en el ejercicio pleno de los derechos humanos en el territorio, la gestión democrática, la función social y ecológica del suelo y de la propiedad.
- Es deber del Estado tomar las medidas intersectoriales para ordenar, planificar y gestionar los territorios, ciudades y asentamientos humanos, bajo los principios de igualdad, justicia espacial e intergeneracional, equidad territorial, equidad de género, accesibilidad universal, seguridad humana, sostenibilidad, participación, y respeto a la diversidad y a la naturaleza.
- El Estado garantizará, a lo menos, la protección y acceso equitativo y efectivo a servicios básicos, bienes y espacios públicos; la conectividad y movilidad; la integración socio espacial; la colectivización de los cuidados; y la participación social en las plusvalías.
Falta, sin embargo, la votación en el Pleno y eventuales cambios en el enunciado particular. La arquitecta y doctora en urbanismo Ana Sugranyes recomienda paciencia: “el Derecho a la Ciudad estará enmarcado entre muchos más principios y decisiones políticas e institucionales que el trabajo de la Comisión de Derechos Fundamentales”. Para Sugranyes, la esencia del Derecho a la Ciudad estará relacionado a los trabajos de otras Comisiones, como la 3, Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal; 5, Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico; y 8, Participación Popular. “Aún está en discusión el concepto de Ciudad que, en el caso de Chile, no está específicamente reconocido”; señala además que “la titularidad del derecho está centrada en el Estado, pero están en discusión las obligaciones del sector inmobiliario, el que más obstaculiza la construcción del Derecho a la Ciudad”. Además, los temas del Derecho a la Ciudad están estrechamente relacionados a otro debate esencial sobre la función social y ecológica del derecho de propiedad, propuesta formulada en alianza con los movimientos ambientalistas.
Sugranyes propone también remplazar el concepto medidas intersectoriales por medidas interseccionales. “Actualmente el urbanismo está muy sectorializado y focalizado según el tipo de sector social que pretende atender; desde siempre estuvieron y están las instancias estatales sectoriales, los ministerios. Pero las intervenciones en la ciudad no corresponden a asuntos intersectoriales. La gobernanza de la ciudad es tema de interseccionalidad: lo más importante es el espacio de democracia entre la población, sus organizaciones, sus autoridades electas y el apoyo del Estado central. Creo que en América Latina es fundamental la interseccionalidad, ya que sin ella no podemos entender que hay múltiples exclusiones que se van superponiendo, sean de género, condición de clase, migratoria, localización, barrio, zona o tipo de empleo”.
Sugranyes integra Ciudad Constituyente, plataforma de 30 organizaciones sociales de pobladoras, vecinas, activistas, estudiantes, profesionales y académicas que ha realizado diversos comentarios y sugerencias respecto a las iniciativas que discute la Convención.
CdlC
Sobre el tema, ver la presentación de nuestro número 191 y la nota La ciudad es una cuestión política, una cuestión ciudadana, de Maricarmen Tapia Gómez y Ana Sugranyes en nuestro número 190.
Ver también Ciudades posibles. Apuntes para el debate sobre la Nueva Constitución de Chile (Maricarmen Tapia Gómez, coord. Crítica Urbana, 2020) y el trabajo Cartografías del apruebo, del Centro Producción del Espacio de la FADyC-UDLA.
Y por supuesto, el ciclo de charlas La ciudad en los procesos constituyentes de América Latina, desde una óptica comparada, realizado en conjunto por FLACSO, UNAM, UFRJ y la Maestría en Urbanismo FAUD-UNC.