Consideraciones generales
El siguiente informe es un documento conjunto elaborado por un colectivo de organizaciones de base, equipos técnicos, cooperativas, universidades, entre otros, con el objetivo de presentar las impresiones de este espacio sobre la situación percibida del estado del Derecho a la Ciudad en Argentina, con motivo de la realización del V Foro Urbano Mundial, Río de Janeiro, 22 al 26 de marzo de 2010.
Argentina, con el 90% de su población habitando en áreas urbanas, es uno de los países mas urbanizados del planeta. Hasta los años ´70 la ciudad -progresivamente y con algunas disrupciones- había sido el espacio de integración social y económica de los trabajadores, migrantes, y hasta de los sectores sociales más pobres. Esto se quebraría con dictaduras y gobiernos democráticos que ensayaron políticas de ajuste en consonancia con el Consenso de Washington en los 25 años que van de 1976 hasta la crisis de 2001.
Hoy, pasados 8 años de fuerte crecimiento económico y pese a que indicadores de empleo e ingresos han mejorado, la situación del “acceso” a la ciudad de amplios sectores sociales se ha agravado. Las actuales políticas públicas, centradas solo en la construcción de viviendas, poco aportan por estar desarrolladas en un marco de predominio de los mercados en la configuración del espacio urbano. Más aún, la obra pública de desarrollo urbano cuando priman condiciones especulativas, favorece la transferencia de rentas al capital más concentrado. Mientras, las penurias en materia de hábitat se acrecientan al tiempo que los derechos colectivos, como el derecho a la ciudad, son crecientemente vulnerados.
Precisamente, en relación al derecho a la ciudad y la vivienda, la situación se encuentra en su punto más crítico, dado el gran embate sobre las ocupaciones de suelo e inmuebles que se registra, como consecuencia de la apreciación del suelo y el aumento de prácticas discriminatorias. La crónica diaria da cuenta de un desmesurado proceso de desalojos compulsivos, que violan los estándares mínimos de derechos. Desalojos que se han incrementado en forma exponencial, siendo particularmente críticos en los grandes centros urbanos. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ello alcanza niveles nunca vistos -incluso con la creación de fuerzas de choque para la represión violenta- como destacan informes del CELS, COHRE y la Defensoría del Pueblo, entre otros.
La política habitacional que se ha instrumentado en las últimas décadas ha fracasado, ya que, el déficit habitacional se mantuvo en términos absolutos entre los dos últimos censos (1991-2001), persistiendo desde entonces. Mientras continúa el acceso al suelo y la vivienda en el mercado informal, el cual impulsa nuevas ocupaciones y el crecimiento de las villas y asentamientos existentes, la reproducción de casas tomadas, de cuartos de inquilinatos y hoteles-pensión, y/o en la tugurización de los mismos conjuntos habitacionales construidos por el Estado.
La crisis habitacional es generalizada y numerosas provincias y ciudades han declarado o solicitado en sus legislaturas la “emergencia habitacional” (Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Tierra del Fuego, Bariloche, Salta, Neuquén, etc.).
1- Situación en relación al usufructo equitativo de la ciudad
En Argentina, el acceso a la ciudad y las condiciones de vida urbana aún se desarrolla con discriminación de género, religión, edad, condiciones de salud, nacionalidad, etnia y/o condiciones migratorias, así como con escaso respeto de identidades culturales. Son cotidianas las acciones discriminatorias que vulneran el derecho colectivo del usufructo de la ciudad. Muchas de las cuales están programadas en virtud del elevado precio del suelo en todas las ciudades del país.
La dinámica especulativa y alcista de los mercados y a ausencia de políticas públicas positivas en materia de gestión y uso del suelo urbano, provocan que los sectores populares no tengan posibilidades de acceso a un lugar para habitar en las ciudades, en condiciones razonables de precios y de localización respecto a equipamientos sociales y fuentes de trabajo. Sino qure por el contrario se acrecienta el desplazamiento de los más pobres y también sectores medios pauperizados, que son desplazados de las áreas centrales y los terrenos bien localizados, a habitar en suelo sin servicios y equipamientos adecuados, en áreas contaminadas y/o en áreas propensas a desastres.
También el suelo de las periferias urbanas -antes el espacio de expansión de la ciudad popular autoconstruida- viene siendo desde hace veinte años disputado por las elites, en el desarrollo de urbanizaciones cerradas, lo cual influye aún más en que la compra de un lote tenga al mercado informal del suelo como única opción para el acceso a un espacio donde construir una vivienda, para las nuevas generaciones, clases trabajadoras, pobres y empobrecidos.
Existen en Argentina casos llamativos (por su concepción y trato degradante a la población) como el del Programa “Mi Casa Mi Vida” en la ciudad de Córdoba. En este Programa (financiado por el BID) se “erradicaron” las principales villas de la ciudad y se llevaron 12.000 familias a nuevas ciudadelas construidas en las afueras de la ciudad (más allá de la circunvalación), es decir “extramuros”. Este es un caso notable y representativo del modo en que se ejecutan las políticas contrarias al derecho, pues es el Estado quien “perpetra segregación”. En el informe de Desarrollo Humano llevado a cabo por el PNUD-Argentina, se demuestra con trabajo empírico como las políticas públicas no atenúan los procesos de segregación residencial, que se producen en la nuevas condiciones sociales en el territorio en los últimos años, y en casos como este incluso lo intensifican.
2- Situación respecto a la función social de la ciudad.
La función social de la ciudad no es aún un concepto o una perspectiva que esté incorporada en la política pública y en la gestión urbana; incluso paradójicamente pese a un sostenido crecimiento económico desde 2003, existe un comprobable retroceso en relación al derecho a la ciudad. No hay una construcción institucional -con el correspondiente aporte presupuestario- que reconozca el derecho a la ciudad y lleve adelante políticas en torno a este derecho como en otros países de la región.
Es aún casi impensable en Argentina que la planificación y la gestión urbana partan del principio que la ciudad es un proceso de construcción colectiva donde las acciones de todos los sectores cuentan: las de gran escala de los grandes inversores, centradas en la reproducción del capital, las del Estado realizadas para asegurar el desarrollo, así como de las más pequeñas realizadas por la población en pos de la reproducción de la vida.
La regulación territorial y urbana existente no tiene en cuenta el derecho a la ciudad, es reglamentaria y pasiva, por lo tanto burlada todo el tiempo con excepciones, lo cual promueve ciudades segregadas, elitistas y excluyentes, que afecta a todos quienes viven en ellas. La extensión del mercado informal es un reflejo de ello y un claro síntoma de las inequidades urbanas. Por ello aún es una deuda pendiente la profundización de una planificación y gestión urbana concebida con sentido redistributivo, tanto del conjunto de la renta urbana generada, como de las oportunidades para el desarrollo de la vida en ella.
Una planificación que además tenga en cuenta en un sentido amplio y profundo del valor que la ciudad tiene como proceso educativo e integrador en términos culturales, sociales, y étnicos.
3- Situación en relación al ejercicio de la función social de la propiedad urbana.
La función social de la propiedad no es el principio dominante en la política pública en términos de gestión y regulación del desarrollo territorial en Argentina. Tampoco la función social de la propiedad es respetada en los fallos que laudan conflictos en torno a la propiedad, donde siempre prevalece la defensa de la propiedad privada a ultranza, por encima del derecho a la vivienda y otros derechos colectivos como el derecho a la ciudad.
El extraordinario boom de los mercados inmobiliarios y los procesos especulativos, que provocaron un aumento exponencial de los valores del suelo, acrecentaron enormemente las presiones sobre el mercado informal y ocupaciones de suelo y edificios, potenciando los desalojos y la “desposesión urbana” para amplios sectores de población. Si bien la población mejoró el acceso al trabajo, la calidad de los puestos conseguidos y un incremento moderado de los salarios (donde debe destacarse el funcionamiento de las paritarias) el precio de los inmuebles y el suelo urbano creció en un nivel exponencial. Ello volvió inalcanzable la compra y/o el alquiler formal, desplazándose mayoritariamente el acceso a la ciudad al mercado informal.
La función social de la propiedad, que tuvo avances con la reforma constitucional de 1949, permitiendo la expropiación con finalidad pública, no puede ser ejercida para contrarrestar la especulación que -aquellos poseedores de suelo bien localizado y estratégico para el desarrollo urbano- ejercen reteniéndolo en espera de valorización. Hoy no se plantean impuestos progresivos o mandatos de urbanización compulsiva sobre dicho suelo, como ocurre en muchos países. Tampoco en relación a ello se puede separar el derecho de propiedad del derecho a construir en Argentina.
Tímidamente, y en la mayoría de los casos sin un marco de legislación provincial, algunos gobiernos locales comienzan a plantear la recuperación de plusvalías urbanas, de aquel suelo valorizado por la acción del Estado, y cuyos propietarios retienen en conocimiento de tales beneficios. Este ejemplo de gobiernos locales que comprenden que deben actuar sobre este proceso si quieren controlar el desarrollo urbano y lograr una ciudad más justa, es el que denota la urgencia de disponer de instrumentos jurídicos más comprehensivos.
4- Situación respecto a la gestión democrática de la ciudad
La gestión de las ciudades en Argentina ha venido mejorando desde los ´90. Primero, buscando salir de la crisis de la desindustrialización, con la realización de planes estratégicos que tuvieron un diseño participativo. Pero ello estuvo impregnado de la lógica neoliberal de la competencia de los territorios, lo cual no logró abordar cuestiones estructurales, que en los años recientes con reactivación industrial, el aumento del turismo y la actividad agropecuaria, que determinan un gran crecimiento económico y superación de la crisis, los colocó ante una situación verdaderamente paradójica y compleja.
Ello es notorio en el caso de las ciudades intermedias, las cuales con planes estratégicos ya en su segunda o tercera generación, con mejoras en sus capacidades de gestión y prácticas de buen gobierno que tuvieron el apoyo de la población, y en un contexto de mejoras en sus presupuestos (en la fase pos-crisis), encuentran un límite y enfrentan crisis de gobernabilidad en el nivel local. El crecimiento económico sostenido y el escenario favorable al desarrollo regional en los últimos siete años provocaron que las ciudades sean las receptoras del excedente agrario o del turismo, que rápidamente se tradujo en la exacerbación de los valores en el mercado del suelo y las propiedades. Los crecientes conflictos sociales e impedimentos al desarrollo de estas ciudades se derivan directamente de los precios exorbitantes del suelo urbano y sus correspondientes prácticas especulativas, y en la mayoría de los casos con un alto grado de conflicto con la población de clases medias y bajas. Esto es particularmente notable en municipios de la Provincia de Santa Fe, algunos de Córdoba, Entre Ríos y Buenos Aires.
Esta paradoja (que a medida que las condiciones para el desarrollo local mejoran, la crisis local aumenta) comienza a plantear un serio cuestionamiento a las metodologías para planificar el desarrollo. Aún es muy incipiente la realización de nuevos planes urbanos (que revisan lo actuado) y lentamente se proponen instalar una perspectiva de derecho, considerar la función social de la propiedad y la redistribución de la renta que el proceso de urbanización genera. El problema es que los gobiernos locales, no disponen aún marcos jurídicos dados por leyes provinciales de uso del suelo y ordenamiento urbano, excepto en la Provincia de Buenos Aires (que necesita reajustes y actualización), el débil Plan Urbano Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la reciente Ley Provincial de Mendoza, extremadamente conservadora y que no incluye el derecho a la ciudad.
La gestión democrática de las ciudades en Argentina, además de enfrentar los mencionados problemas estructurales respecto al marco jurídico, enfrentan también el hecho que las principales ciudades configuran regiones metropolitanas que aglutinan varios municipios diferentes, e incluso de diferentes provincias. Razón que dificulta enormemente la gestión coordinada o conjunta del aglomerado urbano, siendo aún una perspectiva lejana poder configurar gobiernos metropolitanos que puedan abordar una gestión urbana integral de los mismos.
La gestión democrática de las ciudades está en un camino de lenta construcción, pero aún con grandes dificultades de desarrollo de planes de ordenamiento territorial con participación social, particularmente de los más pobres, y que necesariamente incluyan la asignación de presupuesto con posibilidades de monitoreo en la asignación y utilización de los fondos.
5- Situación sobre el manejo sustentable de los recursos naturales
Los procesos que existen en Argentina en relación al manejo sustentable de los recursos naturales en el proceso de urbanización tienen una mejora muy leve aún. En general las ciudades enfrentan problemas importantes en materia de generación y disposición de residuos sólidos urbanos. No existe separación domiciliaria y reciclado, mientras prevalecen en las ciudades técnicas de relleno sanitario, con el consecuente impacto en aguas subterráneas y destrucción de suelo. También se enfrentan serios problemas con los suministros de agua potable y tratamiento y vertido de efluentes cloacales, cuyas infraestructuras son obsoletas, afectando principalmente la situación de los asentamientos.
En general aún se percibe un descuido en el trato del agua como recurso natural escaso (por ejemplo en relación las cuencas en grandes ciudades especialmente en la RMBA), lo mismo que la polución en el aire, la promoción de energías alternativas (a la electricidad y el gas) mientras se acrecienta la promoción de la movilidad individual y la desinversión en transporte público.
Numerosos conflictos que tienen lugar en las ciudades -agravados en años recientes con relación a la minería en muchas ciudades del interior- obligan a reforzar la lucha por el reconocimiento del derecho al ambiente en la ciudadanía, y a reconocer sus derechos en materia de exigibilidad, y desterrar la represión existente, como ocurre en buena parte de los conflictos locales por temas ambientales.
6- Respeto de los derechos al desarrollo económico y social
Por lo general, en nuestras ciudades (por los procesos descriptos en este informe respecto la situación sobre el suelo urbano y la concurrencia de las políticas con la lógica del mercado antes que la del interés común y del Estado) los derechos al desarrollo económico y social se encuentran vulnerados. Por ejemplo, la judicialización del conflicto por el acceso a la ciudad, que conlleva desalojos compulsivos, no solo afecta la situación habitacional sino las oportunidades de desempeño de estos pobladores en la economía urbana y la consecución de sus medios de vida.
Las políticas que deliberadamente castigan la actividad comercial (informal) en la vía pública, afectan del mismo modo las posibilidades y oportunidades de inclusión de los sectores más desfavorecidos.
Problemáticas derivadas de la organización económica, que obligan a las personas a trasladarse a las ciudades, encuentran ante el constreñimiento en el acceso al mercado formal de viviendas que muchos tengan que instalarse en la ciudad producida por el sector informal y vivir en condiciones de desigual acceso a los servicios de la ciudad, lo cual dificulta a su vez la realización económica y social de dicha población.
La relación hábitat-trabajo no es tenida en cuenta en el diseño de las políticas de vivienda. La mala localización de los conjuntos habitacionales -derivado de lo tratado en otros puntos respecto a la política de suelos- provoca que la nueva vivienda se transforme en un impedimento a la realización económica de los hogares.
Una nueva forma de concebir esta relación demanda no solo articular la construcción de viviendas públicas con planificación urbana y política de suelos, para garantizar una buena relación vivienda-trabajo-oportunidades, sino además desarrollar políticas de densificación de áreas consolidadas mediante el impulso al mejoramiento, completamiento y crecimiento del parque de viviendas en áreas intermedias y centrales.
En el caso de la vivienda rural, la estrecha relación de la vivienda con las características de la tierra (en dimensiones, fertilidad, localización, situación de tenencia, etc.) determina las posibilidades -vitales en este caso- de sustento económico de la población y/o comunidades en relación a su potencial de producción y desarrollo económico-social.
7- Respeto del derecho a la vivienda
7.1- Situación en el acceso a la vivienda
El acceso a la vivienda en Argentina en condiciones de mercado, según diferentes informes de entidades financieras y cámaras inmobiliarias, se encuentra muy restringido. La vivienda que producen los desarrolladores inmobiliarios -bajo los formatos de “torres” y “barrios cerrados”- está exclusivamente destinada al 10% más rico de la población.
Los sectores medios están ocupando y modificando el parque de viviendas heredado de generaciones anteriores, con solo una pequeña parte construyendo viviendas nuevas. El mercado de alquileres tiene por lo tanto una fuerte demanda, lo cual ha derivado en el marco de una ley (la 23.091/84) pro-derechos del propietario, en abusos y alzas del precio por encima de las posibilidades de los salarios promedio de trabajadores y empleados. Figuras como la de “alquiler social” y otras similares, no están en debate.
Mientras el mercado de propiedades opera en condiciones libres, sin condicionamientos en cuanto a su aprovechamiento ni apoyos hacia el uso social del parque disponible o por construir, el Estado desde 2004, ha iniciado una agresiva política de construcción de viviendas públicas, desarrollada con objetivos contracíclicos en materia económica y por lo tanto centrada fundamentalmente en la movilización del sector construcciones y la generación de empleo formal.
Esta política de vivienda pública ha sido diseñada y ejecutada desde la Subsecretaría de Vivienda del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios en concurrencia con las cámaras de construcción y el sindicato obrero de la construcción. En este esquema, el Poder Ejecutivo financia la oferta, con un proceso de toma de decisiones que está altamente centralizado (en contradicción con un país de organización federal) a partir de un conjunto de programas extremadamente rígidos. De este modo se actúa construyendo una oferta que llega al territorio, donde cualquiera sea el proceso y/o las demandas sociales, estas deben adecuarse al recurso y al formato de gestión y el producto propuesto desde el Poder Ejecutivo, lo cual disciplina a los actores locales a una aceptación condicionada.
Este diseño de la política deja muy poco lugar a la participación. Cuando existe es solo porque la lucha de algún colectivo territorial (o municipio) plantea tal grado de desafío que se abre algún espacio de participación, en algún programa o proyecto particular. Se trata de una política pública, que obviamente no tiene un diseño y gestión basada en derechos. Por el contrario, plantea un modo de actuación donde el Estado articula la oferta de los productos “de la asistencia social” con los agentes más concentrados del mercado y por lo tanto, resignando su poder de control de los mercados.
Este diseño de la política indefectiblemente se articula con la especulación y los sobreprecios que predominan en estos años, particularmente en un marco donde el Estado no controla el mercado del suelo urbano, el mercado de los materiales de construcción, el mercado de alquileres ni el mercado financiero (al menos el destinado a vivienda). Además, la mayor parte del presupuesto se destina a la construcción de viviendas llave en mano, lo que no se corresponde con la demanda social principal (acceso a la tierra y regularización dominial, ampliaciones y mejora de viviendas existentes y créditos para la autoconstrucción), lo que permitiría un mayor número de soluciones habitacionales por peso invertido.
En un país que atravesó una distribución regresiva del ingreso, la acción del Estado en la facilitación del acceso a la vivienda -sin líneas de crédito accesibles (en tasa y en plazos), ni siquiera para los sectores medios- se ha vuelto muy importante. Pero, en el mediano y largo plazo el Estado no ha llevado a cabo una planificación que tenga por objetivo resolver el déficit habitacional y atender el crecimiento vegetativo de la población. Aún hoy, los recursos públicos que se invierten en vivienda y urbanismo son insuficientes, el FONAVI fue desfinanciado (Ley 23.966) y sufre desvíos en la asignación de fondos (ley 25.570).
Afrontar esto significaría incrementar los recursos destinados a la política de vivienda y urbanismo, aumentando su participación en relación al PIB, del 0,7% actual hasta alcanzar en forma gradual el 2%, en un plazo de cinco (5) años entre la nación, las provincias y los municipios. Asumiendo como política de Estado un plan con objetivos y metas a mediano y largo plazo que permita resolver el déficit habitacional, con la participación y el compromiso de todas las jurisdicciones del Estado, como parte integral de las políticas sociales económicas, de ordenamiento urbano y de ocupación del territorio.
La política habitacional no debe ser ejecutada solamente por los agentes concentrados de la construcción sino que debe promocionar la producción social del hábitat, mediante la implementación de una gestión democrática y participativa que incluya mecanismos de participación de las organizaciones sociales y de la población en las instancias de diagnóstico, diseño, ejecución, evaluación y control de los planes, programas y proyectos en materia de vivienda y hábitat en sentido amplio (infraestructura básica, equipamiento social y servicios).
Se deben diversificar las operatorias habitacionales y priorizar la aplicación de los fondos públicos en la población que no puede acceder por sus propios medios, promocionando su participación como parte de la solución al problema (créditos para compra de terrenos y materiales para la autoconstrucción individual o colectiva, para asistencia técnica, vivienda semilla, evolutiva, mínima, etc.) e incorporar recursos no convencionales como la participación de los beneficiarios organizados en cooperativas, mutuales, sociedades civiles, junto a ONGs, instituciones académicas, MiPyMEes y la readecuación de los organismos del Estado para que se adapten y participen en este tipo de programas. La experiencia trabajosa del Programa Mejor Vivir ha demostrado la necesidad de aplicar más fondos para líneas de financiamiento para la autoconstrucción (por esfuerzo propio o ayuda mutua).
La integración necesaria de la política habitacional con la política urbana debe partir de garantizar la función social del suelo urbano. Desarrollando instrumentos que limiten la enajenación y/o la cesión de tierras públicas para desarrollos inmobiliarios -revirtiendo el actual proceso de declaración de tierras “innecesarias para el estado” que entrega valiosas tierras públicas a manos privadas- promoviendo fondos municipales de tierras, facilitando la regularización dominial, y planificando las reservas de suelo para desarrollo residencial.
La integración vital de la política de vivienda con el desarrollo urbano implica articular con el desarrollo de infraestructura básica (apertura de calles, desagües pluviales, luz, agua, gas) como también social (transporte, acceso a la salud, a la educación), problemas de vivienda y problemas ambientales (desde la polución, contaminación de napas, basura, etc.). En tal sentido también debe atenderse el poder otorgar más recursos para la compra de terrenos en forma individual o colectiva.
Por lo expuesto, habría que considerar el “déficit urbano” (de la población, como abordaje más comprehensivo que el “déficit habitacional”), pero si se continúan aplicando las mismas políticas y presupuestos que en las dos últimas décadas, reducir el déficit habitacional llevaría 662 años. Aún, si se tomara el mejor año de producción de viviendas y soluciones habitacionales por parte del Estado (año 2007) se necesitarían 72 años. Pero si se duplicaran los recursos invertidos en 2007 sin modificar los programas y manteniendo la misma estructura de financiamiento, se pasaría de 72 a 36 años. Pero, si en lugar de construir solo nuevas viviendas, se aplicara el 100% del nuevo financiamiento (dicha duplicación) sólo en Programas de Mejoramiento, Completamiento y Ampliación el déficit se reduciría en 14 años.
Un tema nunca considerado en la política habitacional Argentina es la posibilidad de construir un stock de viviendas de propiedad pública, para desarrollar operatorias basadas en la cesión de uso por tiempo determinado.
En síntesis, resolver el déficit urbano y habitacional (en un marco de Derecho a la Ciudad) es un objetivo que la Argentina (por su nivel de desarrollo relativo y sus recursos) está en condiciones de proponérselo y llevarlo adelante en un tiempo razonable.
7.2- Prioridad en el acceso a la vivienda de los grupos vulnerables
La condición de acceso a la vivienda en Argentina reproduce la situación más general descripta en apartado anterior para la población de bajos ingresos, extendiéndola a los grupos más carenciados y/o con condiciones étnicas, sociales o limitaciones psico-físicas especiales, donde se encuadra aquella población más vulnerable.
En el caso particular de los programas federales de construcción de viviendas públicas, está contemplado mediante la existencia de cupos para población con discapacidades, el acceso a la vivienda. Existen además instructivos con “directrices de accesibilidad física para vivienda de interés social” en la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
7.3- Propender a un pleno uso del parque de viviendas existentes.
Existe en Argentina en estos momentos un importante parque de viviendas nuevas, construido en el marco del crecimiento económico de los últimos años que se encuentran terminadas y sin vender. Los operadores inmobiliarios afirman que “los que pueden comprar viviendas no las necesitan y los que si las necesitan no pueden comprarlas”. Esto ejemplifica que solo el 10% más rico de la población accede a una vivienda en términos del financiamiento del mercado y lo limitado del financiamiento hipotecario. Pero también esto implica una enorme contradicción e irracionalidad social, que sin duda contribuye a que las ciudades sean más caras e impulsoras de procesos de segregación residencial.
Ello es posible porque en Argentina no existen políticas comprehensivas sobre el parque de viviendas que se encuentran vacantes, tales como impuestos progresivos o incorporación del parque a figuras de “alquiler social” u otras con sentido redistributivo.
El pleno uso del parque de viviendas es concurrente con un mejor uso del suelo urbano y eficiencia ambiental del mismo y es concurrente también con una planificación urbana que organice los sistemas e infraestructuras en el territorio, generando el desarrollo equilibrado de las centralidades en las grandes aglomeraciones urbanas.
La política de alquileres también puede aportar al mejor uso del parque habitacional. Los niveles críticos que tienen los precios y los abusos en el mercado de alquileres urbanos, han repercutido en el trabajo legislativo, donde un nuevo proyecto de ley tuvo un incipiente debate (no tratamiento) en la Cámara de Senadores. El mismo intenta poner un límite a los abusos (fijando el precio) y creando una Organización Estatal de Viviendas para Alquilar, con atribuciones para adquirir o expropiar viviendas. El cual, puede resultar un instrumento clave para promover una mejor ocupación del parque.
Ello desató una feroz oposición de los operadores inmobiliarios que desplegaron inmediatas operaciones mediáticas advirtiendo que ello “paralizará todas las inversiones urbanísticas”. Debe tenerse en cuenta que el negocio del alquiler en Argentina convoca inversores internacionales por la alta tasa de retorno -que triplica intereses bancarios- en la actualidad de crisis de los mercado internacionales.
7.4- Garantizar que los gastos de la vivienda sean soportables
Los gastos de la vivienda tienen componentes diversos. Por una parte los sistemas de infraestructuras urbanas, por otra parte las características edilicias y funcionales de la vivienda en sí y por otra parte la carga financiera de su costo distribuida en mensualidades.
Respecto a la accesibilidad de la población a los servicios públicos, del retroceso con las privatizaciones masivas de las empresas públicas realizados en los ´90, ha habido algunos casos donde fue posible la re-estatización (Caso Aguas Argentinas – AySA) posibilitando una evolución lenta en el aumento de la cobertura. Al permanecer la lógica (y muchas empresas aún) de la gestión privada, prevalece la condición de cliente por encima de la del usuario como “sujeto de derechos”.
En materia de servicios públicos aún cuesta cambiar la política de apoyo a los grupos concentrados de la economía, con una tendencia que ha consistido en subsidiar las empresas privadas para que las tarifas no carguen sobre los usuarios. Respecto a los derechos de acceso a los servicios públicos y particularmente al agua y el saneamiento no han existido cambios significativos. Mientras en las periferias urbanas el acceso al agua y el saneamiento queda en manos de cada familia, es caro y no siempre es segura la fuente y/o la disposición o los vertidos.
Un caso de inequidad extrema en este sentido es la distribución del gas natural para los centros urbanos y barrios consolidados, y la dependencia del costoso gas envasado en los nuevos barrios y grandes porciones de las periferias urbanas. La “garrafa social” ha tenido un desarrollo relativamente trabajoso y limitaciones en su alcance.
En cuanto a los gastos que se derivan del financiamiento de la vivienda, en el sentido de los créditos hipotecarios promedio, ello resultaría en las actuales condiciones del alto costo del crédito en Argentina, que lo vuelve privativo a población de altos ingresos, imposible para la amplia mayoría. En este sentido entonces se puede decir que los gastos no son soportables.
7.5- Garantizar seguridad en la tenencia y el derecho a no ser desalojado
En Argentina, con buena parte del conflicto social y urbano judicializado, los desalojos -que han crecido en cantidad y cobertura geográfica- son a todas luces contrarios a la normativa internacional, como la fijada por el Comité de DESC (que definió a los “desalojos forzosos” como aquellos procedimientos por los que se hace “salir a las personas de los hogares que ocupan en forma permanente o provisoria, sin ofrecerles medios apropiados de protección legal o de otra índole…”, Observación General Nº 7: 1997: párrafo 4). El Comité entendió que los desalojos no deberían dar lugar a que haya personas que se queden sin vivienda o expuestas a violaciones de otros derechos humanos. A su vez, agregó que cuando los afectados por el desalojo no dispongan de recursos, el Estado parte debe adoptar todas las medidas necesarias, según el máximo de los recursos disponibles, para que se proporcione otra vivienda (Párrafo 17). Ello no se está contemplando.
Según el propio Comité DESC, una legislación contra los desalojos forzosos es la base esencial para un sistema de protección eficaz. Tal legislación debe aplicarse a todos los agentes estatales o que responden ante el Estado, así como a los desalojos forzosos que se lleven a cabo sin las debidas salvaguardias, tanto por particulares como por entidades privadas.
En el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los desalojos afectan hoy principalmente a dos estrategias habitacionales. Por una parte a los inquilinatos, pensiones y hoteles y por otra parte a la ocupación de inmuebles o terrenos vacantes. Entre las dos estrategias suele visibilizarse un “circulo vicioso”: en muchos casos, el desahucio en la primera de las situaciones conduce a la segunda y la expulsión de esta última, a la situación de calle. Diversas fuentes de información relevadas afirman que en año 2003 se iniciaron más de 1000 juicios mensuales en la Justicia Nacional Civil por falta de pago de alquiler, de hipoteca o de vencimiento de contrato. En el año 2006 ingresaron en el mismo fuero 4.833 causas y se dictaron 1.976 sentencias y hacia fines del 2007, 2.300 familias estaban en situación de ser desalojadas, tal como afirma la Defensoría del Pueblo de la Ciudad en su informe de 2007.
Según el proyecto de prórroga de la Ley de emergencia Habitacional presentada en la Legislatura Porteña, el número ascendía a 3.317 familias. Respecto del año 2008, se indica que para la primera parte del año 4.772 familias solicitaron el subsidio para quienes se encuentran en situación de calle.
El Movimiento de la Reforma Urbana en Argentina impulsa detener inmediatamente los desalojos forzosos a familias en condiciones de vulnerabilidad económica y social si antes el Estado no ofrece alternativas.
7.6- Promoción de la regularización de los asentamientos informales
Este es un tema que ya concita un importante debate técnico y político en Argentina. Progresivamente ha ido avanzando la demanda social y de los movimientos territoriales organizados para que el Estado pueda avanzar en materia de regularización de asentamientos.
En Argentina existe desde hace casi 15 años el PROMEBA, un programa con financiamiento externo que opera regularizando y urbanizando villas y asentamientos en todo el país. También existe el Rosario-Hábitat, un programa que se aplica en dicha ciudad. Como toda acción remedial, las intervenciones de estos programas son extremamente costosas y con un impacto cuantitativo relativamente limitado, pero sus metodologías y resultados son muy interesantes. Sin duda que, con la tremenda extensión que tiene el fenómeno, no habrá otra solución para el futuro que desarrollar este tipo de actuación en mayor escala. Pero además de la regularización, existe preocupación sobre las formas de evitar la formación de nuevos asentamientos. Sin duda la posibilidad de producir suelo accesible por parte del Estado es importante y crucial para avanzar en una urbanización más integrada.
Otros avances lentos también, ocurren en materia de seguridad de la tenencia, como fue el caso del avance a principios de 2009 con la actualización de la fecha de la Ley 24.374 de regularización de tierras para viviendas, donde se modificaron los plazos de inscripción registral de inmuebles con destino principal a casa habitación única y permanente.
También otro avance es la actuación de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que beneficia a las familias de menores recursos, mediante la obtención del título de propiedad (de una vivienda de bajo costo) en forma absolutamente gratuita.
Recientemente se ha anunciado la urbanización de las villas y asentamientos en La Región Metropolitana. Allí, se contempla la urbanización y consolidación para aquellos localizados en suelo seguro y la relocalización parcial o total de aquellos situados en áreas de riesgo hídrico.
Estas interesantes pero incipientes y fragmentadas experiencias, demuestran la necesidad de incrementar en los programas los créditos y/o subsidios personales o colectivos para atender los costos de agrimensura y escribanía y para regularización dominial de las propiedades.
Un tema oculto en la consideración general -y en la agenda de la política pública- es la regularización de la vivienda de los conjuntos habitacionales construidos por el Estado. Varios Institutos Provinciales de Vivienda son aún propietarios de una parte importante de las viviendas entregadas.
MdRU y otras organizaciones
Coordinador de la redacción: Raúl Fernández Wagner
Adhieren:
Movimiento por la Reforma Urbana – Asociación Civil Madre Tierra – Federación de Tierra, Vivienda y Hábitat ( FTV) – Central de Movimientos Populares (CMP) -Fundación Vivienda y Comunidad (FVC) – Servicios de Hábitat Social (SEHAS), Córdoba – Secretariado de Enlace de Comunidades Autogestionada SEDECA – Universidad Nacional de General Sarmiento – Asociación Civil La Minga (Córdoba) – Asociación Civil un Techo para mi Hermano (Río Negro) -Asociación Civil Hábitat Popular CANOA – Caritas Argentina – Coop de Vivienda, Crédito y consumo 341 Ltda. – COHRE – Fuerza Emancipadora de Villas Barrios y Núcleos Habitacionales (FEDEVI) – Federación de Cooperativas “Todos Juntos” – Cooperativa “Participación de Abasto” – Coop. Vida “Luz de Luna” – Legado Social Argentina – Red Hábitat – Coop. Manos Solidarias – Fundación Invesciencias Fundación FISS Asociación PROAMTRA- FOTIVBA – Coop. “Luz y Progreso”- Javier Goldin, Asesor de la Senadora Nacional María Rosa Díaz – Movimiento Proyectar (FADU-UBA). – Comisión de Igualdad de Genero del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de Cancillería Argentina – Comisión de Tierra, Vivienda y Hábitat del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de Cancillería Argentina.
Sobre el tema, ver también entre otras notas en café de las ciudades:
Número 36 | Política de las ciudades (III)
Por la reforma urbana en Argentina | Declaración en el Día Internacional del Hábitat. | Marcelo Corti
Número 56 | Tendencias (I)
Transformaciones estructurales de las villas de emergencia | Despejando mitos sobre los asentamientos informales de Buenos Aires. | María Cristina Cravino
Número 80 | Política de las ciudades (II)
Democracia y ciudad | Raúl Fernández Wagner analiza 25 años de procesos y políticas urbanas en la Argentina | Marcelo Corti
Número 91 I Política de las ciudades (I)
El crecimiento de las villas y asentamientos y sus causas I Pobreza y mercado del suelo en el Area Metropolitana de Buenos Aires I Por Equipo Infohábitat (UNGS)