El texto que sigue es la propuesta de la Sociedad Argentina de Planificación Territorial (SAPLAT) para la Convención Constituyente de la Provincia de Santa Fe, que está debatiendo actualmente la reforma parcial de la Constitución provincial. Fue elaborada por la Regional Litoral, con aporte de socias y socios, un grupo ampliado de contactos regionales, colegas de la Regional Cuyo y la Comisión Directiva. El articulado que se propone va en línea con lo trabajado durante varios años para el Proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial que fuera presentada por la Comisión de Vivienda y Urbanismo (período 2019-24), el cual tuvo un proceso de consulta y participación de organizaciones de todo el territorio provincial y obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados.
Sin acceso al territorio justo y sustentable no existe desarrollo humano ni ejercicio de derechos fundamentales. Por esto, la protección de los ecosistemas y la cohesión de las comunidades es la condición material de existencia de los derechos fundamentales.

Rosario, 26 julio de 2025
A la Presidencia de la Convención Constituyente de la Provincia de Santa Fe:
En nombre de SAPLAT – Sociedad Argentina de Planificación Territorial, nos dirigimos a usted y por su intermedio a los y las convencionales constituyentes, con el objeto de presentar una propuesta relativa al derecho al territorio, justo y planificado para ser incorporada a la comisión de Régimen Municipal, Derecho a la Ciudad y Ordenamiento Territorial en tanto le compete a esta comisión dictaminar sobre la reforma de los artículos: 106 y 107 y sobre tema habilitado: “Derecho a la ciudad”, conforme al artículo 2 de la Ley N° 14.384.
Eduardo Reese, Presidente; Anahí Membribe, Secretaria; Mariana Melchiori, Vocal; Fabiana Escobar, Regional Litoral.
Propuesta de Reforma Constitucional de la Provincia de Santa Fe
Derecho de los habitantes de la Provincia a un territorio justo y sostenible
El territorio se entiende como una construcción social y ecológica dinámica, cuya gestión exige integrar dimensiones ambientales, sociales, culturales, económicas e institucionales.
Fundamentos
La presente propuesta tiene por objeto incorporar a la Constitución de la Provincia de Santa Fe el reconocimiento explícito del derecho de los habitantes de la Provincia a un territorio justo y sustentable, así como establecer los principios, objetivos y funciones del ordenamiento territorial como política pública estratégica e integral.
El territorio es un bien común a quienes habitan el suelo de la Provincia de Santa Fe, construido histórica y socialmente y sin el cual ningún derecho humano fundamental puede ser alcanzado. Sin acceso al territorio justo y sustentable no existe desarrollo humano ni ejercicio de derechos fundamentales. Por esto, la protección de los ecosistemas y la cohesión de las comunidades es la condición material de existencia de los derechos fundamentales. Garantizar condiciones para su gestión democrática, equitativa y sostenible con participación ciudadana y en articulación entre todos los niveles de gobierno es un deber de la Constitución de Santa Fe.
La reforma reconoce el derecho de todas las personas a habitar y desarrollarse en un territorio sano, equilibrado y funcional, garantizando el arraigo poblacional, la equidad intergeneracional y una vida digna. El territorio se entiende como una construcción social y ecológica dinámica, cuya gestión exige integrar dimensiones ambientales, sociales, culturales, económicas e institucionales. Se redefine la propiedad como un derecho humano vinculado al acceso al hábitat, el alimento, el cobijo y la cultura, esenciales para la vida digna individual y comunitaria, y se reconoce el derecho a la ciudad, concebido como el acceso colectivo a espacios urbanos justos, seguros, inclusivos y sostenibles.
El derecho a un territorio justo requiere de la planificación y gestión territorial como funciones públicas con participación democrática, orientadas a:
- Asegurar la propiedad como derecho humano.
- Proteger los bienes comunes y enfrentar la crisis climática.
- Distribuir equitativamente las cargas y beneficios del uso del suelo.
- Revertir desigualdades territoriales y socioespaciales.
- Gestionar el territorio con justicia social, diversidad y respeto cultural.
Para ello los distintos niveles del Estado deberán:
- desarrollar instrumentos regulatorios que promuevan la equidad territorial y reconozcan los derechos diferenciados de comunidades según sus contextos socioculturales y ambientales.
- promover la participación ciudadana como eje de la gestión democrática del territorio, promoviendo metodologías basadas en saberes locales, que visibilicen los conflictos y propuestas comunitarias.
Esta reforma busca alinear los marcos institucionales provinciales con los compromisos asumidos en la Constitución Nacional, tratados internacionales de derechos humanos y ambientales, la Agenda 2030, el Acuerdo de Escazú y otros instrumentos de planificación y gobernanza territorial, reafirmando la centralidad del territorio en la construcción de una sociedad más justa e inclusiva.
Al mismo tiempo, se establece la creación de un Sistema Provincial de Ordenamiento Territorial, que fuera presentado por la Comisión de Vivienda y Urbanismo (período 2019-24) como producto de una síntesis de diferentes propuestas y elevada para su tratamiento con la firma de la totalidad de sus integrantes; tuvo un proceso de consulta y participación de organizaciones de todo el territorio provincial y obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados.

Las actividades económicas, sociales, culturales y productivas deberán realizarse respetando la capacidad del territorio, su diversidad ambiental y sociocultural, y su organización espacial, de modo que contribuyan al bienestar colectivo y a la cohesión territorial.
Propuesta de articulado
Artículo… – Derecho al Territorio justo y sostenible
Todas las personas tienen derecho a habitar y desarrollarse en un territorio sano, equilibrado, integrado y funcional, apto para el desarrollo humano, el arraigo poblacional y el ejercicio de una vida digna, en condiciones que aseguren la equidad entre generaciones presentes y futuras.
Las actividades económicas, sociales, culturales y productivas deberán realizarse respetando la capacidad del territorio, su diversidad ambiental y sociocultural, y su organización espacial, de modo que contribuyan al bienestar colectivo y a la cohesión territorial.
Este derecho incluye el derecho a la ciudad, entendido como el derecho colectivo a habitar, construir, usar, transformar, gobernar y disfrutar de espacios urbanos justos, seguros, inclusivos y sostenibles, en condiciones de igualdad y sin discriminación, como así también el derecho de acceder a equipamientos colectivos, servicios públicos y a toda externalidad positiva propia de la aglomeración humana.
Artículo… – Ordenamiento Territorial
La Provincia garantiza el desarrollo y la implementación de políticas de ordenamiento territorial mediante un marco normativo e institucional que facilite la planificación y gestión del territorio en todos sus niveles. Estas políticas comprenden a municipalidades, comunas, regiones, áreas metropolitanas y el conjunto del territorio provincial, bajo una visión integrada, multiescalar y multidimensional.
El ordenamiento territorial de la provincia de Santa Fe debe:
a) Garantizar una gestión coherente del uso del suelo y de la localización de actividades en el territorio, respetando los ecosistemas y los servicios ambientales.
b) Promover el desarrollo socioeconómico con equidad territorial, favoreciendo la proximidad, la multicentralidad y el protagonismo de localidades de pequeña y mediana escala.
c) Asegurar el derecho a la ciudad y al territorio mediante políticas públicas que reduzcan la fragmentación y la segregación socio-urbana, contemplando la diversidad de géneros, edades y culturas.
d) Fortalecer las capacidades de los gobiernos locales para impulsar modelos de desarrollo urbano compactos, eficientes y sostenibles.
e) Impulsar modelos de gobernanza asociativa en ámbitos regionales y metropolitanos, con nuevas competencias, instrumentos y formas de gestión territorial.
f) Garantizar la participación activa de la ciudadanía y de las organizaciones sociales en el diseño, ejecución y seguimiento de políticas y proyectos territoriales.
Artículo… – Sistema Provincial de Planificación Territorial
La Provincia establecerá un Sistema Provincial de Ordenamiento Territorial como instrumento rector para la formulación, articulación y ejecución de políticas públicas que orienten el desarrollo armónico del territorio.
Este sistema,
a) Reconoce el carácter multidimensional del territorio, integrando sus dimensiones ambiental, social, cultural, económica, institucional y espacial.
b) Se estructura de manera multiescalar, articulando los niveles local, regional, metropolitano y provincial y coordinando con la Nación y otras jurisdicciones.
c) Articula normas, instrumentos y políticas vigentes promoviendo su adecuación y complementariedad
d) Se basa en los principios de concurrencia y corresponsabilidad, con participación activa de gobiernos locales, regiones, áreas metropolitanas, comunidades y organizaciones sociales.
Artículo… – Principios Rectores del Sistema Provincial de Ordenamiento territorial
El Sistema Provincial de ordenamiento territorial se regirá por los siguientes principios:
Generales:
a) El territorio como bien común esencial para la vida, gestionado con criterios de sostenibilidad y equidad.
b) La función ecológica y social de la propiedad.
c) El derecho a la ciudad y al territorio como derechos humanos fundamentales.
d) La redistribución equitativa de los beneficios y cargas derivados de los procesos de urbanización y desarrollo, incluyendo la recuperación de plusvalías generadas por la acción pública.
La Provincia establecerá un Sistema Provincial de Ordenamiento Territorial como instrumento rector para la formulación, articulación y ejecución de políticas públicas que orienten el desarrollo armónico del territorio.
Institucionales:
a) Respeto por las autonomías locales y competencias propias de municipios y comunas.
b) Articulación institucional y cooperación intergubernamental.
c) Gestión democrática del territorio con participación ciudadana activa y vinculante.
Operativos:
a) Integración territorial, diversificación productiva y soberanía alimentaria como bases del desarrollo con arraigo.
b) Coherencia y flexibilidad en los procesos de planificación, integrando lo urbano y lo rural.
c) Cooperación técnica y financiera para la implementación efectiva de políticas territoriales.
SAPLAT (proponente)
SAPLAT, Sociedad Argentina de Planificación Territorial, es una iniciativa de un colectivo de profesionales que comparten prácticas de planificación y gestión urbana-territorial. Es un espacio federal y multidisciplinario que permite poner en contacto personas y aprendizajes, integrar disciplinas y saberes concurrentes e incidir en la agenda pública. Concurren en este espacio personas con experiencia en gestión ejecutiva y legislativa (nacional, provincial, municipal), asesorías técnicas y el ámbito académico.
SAPLAT es una Asociación Civil integrada por ocho regionales que abordan con una perspectiva federal las dinámicas específicas de los diferentes territorios de Argentina. La Provincia de Santa Fe conforma con Entre Ríos la Regional Litoral.
