El Estudio de la Zona Este de la Ciudad de Córdoba, realizado por nuestra oficina para la Agencia de Desarrollo Económico de Córdoba (ADEC) y presentado el pasado 13 de marzo, tiene entre sus estrategias de organización territorial la creación del Parque Agrario del Este de Córdoba y su inserción en un Corredor Verde Metropolitano. En esta nota se explican los fundamentos y principales características de esta propuesta.
Según Delprino (2014), los Parques Agrarios (PA) se presentan como una herramienta de gestión para consolidar y desarrollar la base territorial. “El concepto de Parque Agrario contiene en forma implícita una voluntad de ordenar un espacio, protegiendo los valores naturales y paisajísticos, impulsando a la vez la actividad agrícola combinada con el uso social del territorio […] La definición de PA como instrumento de concertación de estrategias de protección y gestión, implica la voluntad de intervenir en su cuidado, preservándolo de su incorporación al proceso urbanizador e impulsando iniciativas de dinamización y fomento de su potencial económico, ambiental y social”.
De esta manera, el PA es una figura de protección territorial que se aplica en las áreas metropolitanas de grandes ciudades que apuestan por poner en valor las producciones agroganaderas del entorno periurbano y acercarlas a la zona de contacto, que es aquella en torno a la cual se sitúa. Así, “se plantea como una herramienta de gestión para el ordenamiento y desarrollo del territorio, facilitando y dinamizando la actividad agraria […] El objetivo principal del Parque es consolidar el espacio agrícola, contribuyendo a su viabilidad económica. Este objetivo debe conseguirse en armonía con el medio natural, aplicando una agricultura sustentable, buscando la modernización de las explotaciones y la buena calidad en la prestación de servicios, en concordancia con la infraestructura urbanística. Como objetivos específicos, se reconoce su importancia como fuente de abastecimiento alimentario a las ciudades próximas; el incremento del empleo rural; el impulso a los sistemas de producción y comercialización adecuados a las necesidades de mercado; la modernización de las explotaciones agrarias con vista a su viabilidad empresarial; el fomento del relevo generacional; la promoción de una agricultura biológica e integrada, entre otros”.
Quizás porque la conceptualización sobre el tema ha sido en general una preocupación de las disciplinas que analizan el territorio desde la perspectiva agraria y no tienen un enfoque urbanístico-normativo desarrollado sobre la cuestión, la claridad de esta y otras descripciones de los objetivos del Parque Agrario no han estado acompañadas, al menos en nuestro país, de una adecuada mirada desde la perspectiva urbana integral. No se han definido, por lo tanto, los instrumentos normativos y de gestión para su implementación, más allá de genéricas recomendaciones de zonificación. Resulta, entonces, una tarea necesaria de este estudio proponer lineamientos concretos para la gestión y la normativa de implementación de la figura Parque Agrario, anclados por otra parte en la tradición administrativa y normativa de la ciudad de Córdoba.
A tal efecto, una primera tarea es la definición precisa del carácter y usos del Parque Agrario. En tal sentido, la definición de “parque” remite a dos conceptos distintos y complementarios:
– La idea de un espacio público predominantemente verde, con características de reserva ambiental y con distintas posibilidades funcionales y paisajísticas en relación a la naturaleza: su simple representación, su preservación y regeneración y, en algunos casos recientes, su aprovechamiento productivo con fines didácticos, experimentales o de explotación (familiar, colectiva o empresarial).
– La idea de un recinto definido, con características de infraestructura, equipamientos, servicios y diseño de trama y tejido que lo hace sumamente eficiente para la localización de una actividad específica. Es el caso de los antiguos parques militares o los actuales parques industriales y tecnológicos (podrían considerarse en ese sentido también los llamados parques temáticos).
Por las características y la historia del área, el Parque Agrario de la Zona Este de Córdoba (y su continuidad o réplica en otras zonas del municipio y su área metropolitana) puede constituirse en una mezcla de ambas concepciones: un área especializada en la producción agrícola intensiva en condiciones de calidad ambiental, de valor paisajístico y productivo, especialmente adecuada para su uso recreativo, didáctico y experimental, combinando la actividad frutihortícola en condiciones de rentabilidad y dignidad laboral, la residencia permanente de tipo “rururbano”, la industria compatible y otros usos complementarios, así como espacios públicos recreativos que incluyan zonas de regeneración ambiental y de bosque nativo.
En definitiva, se trata de una propuesta de actuación en el espacio productivo rural que pone de manifiesto la voluntad de preservar los valores ambientales e históricos de esta porción de territorio del entorno de la ciudad de Córdoba, y de potenciar las funciones que le son propias, en otros términos, como elemento equilibrador ambiental, económico y territorial.
Como antecedente, debe mencionarse que en el año 2015 el municipio propuso la creación de un Área de Protección Agraria a complementarse con un plan de protección y puesta en valor del Cinturón Verde (Álvarez et al). La propuesta de Parque Agrario del Este toma como referencia el planteo municipal, ampliando la superficie a readecuar normativamente, e incorporando dos componentes territoriales: a) los asentamientos rururbanos, que quedarían bajo un régimen de gestión específica; y b) las industrias compatibles sobre los corredores RP188 -Av. Las Malvinas- y RNN19.
Descripción del Parque Agrario del Este.
Se trata de un área fundamentalmente dedicada a la producción agrícola intensiva, que incorpora otros usos compatibles como áreas residenciales de carácter rururbano, equipamientos, servicios, industrias, así como espacios públicos y verdes recreativos y de servicio ambiental.
Básicamente, el Parque Agrario se integra de dos componentes, correspondientes a dos grandes áreas comprendidas dentro del ejido municipal:
A. Parque Frutihortícola del Este, limitada al oeste por el área de consolidación urbana en torno a los corredores RN9Norte y Rancagua, así como Av. Circunvalación; al norte y este, por el propio ejido urbano; y al sur, por la RNN19. Se trata de un área centrada en la producción intensiva, aunque incorpora otros usos compatibles. Asimismo:
– Respecto a la superficie productiva, es importante mencionar que la aplicación de la Ley cordobesa de agrotóxicos permitirá recuperar superficie productiva hoy destinada a cultivos extensivos (2.600 has), lo que permitirá triplicar la superficie de producción frutihortícola (hoy, 1.300 has), a lo que se sumaría una parte del denominado “suelo en transición”.
– Respecto de la estructura parcelaria, incluye parcelas con producción existente, parcelas en transición y parcelas ociosas, sin producción con tendencia a cultivo. El objetivo es eficientizar y potenciar la superficie de producción intensiva.
– Respecto al sistema de provisión de agua, incluye la red de canales de riego, su saneamiento y recuperación, para su funcionamiento conjunto con el sistema de perforaciones hídricas.
Por otra parte, en el Parque Frutihortícola se propone al Mercado de Abasto como el principal nodo comercial, administrativo y de servicios.
B. Reserva Natural del Suquía, limitada al oeste por la Av. de Circunvalación; norte por la RNN19; al este, por el límite del ejido municipal; y al sur por la Autopista Córdoba-Rosario. Por sus características internas diferenciadas el requerimiento de intervención según sus problemáticas específicas, se divide en dos subáreas: margen norte (remediación paisajística y ambiental) y margen sur (preservación productiva y paisajística). El área demanda una remediación y preservación general del cauce natural del río Suquía, en el marco de un plan de manejo hídrico integral.
Otros subcomponentes que integran el Parque Agrario son los siguientes:
– Parques públicos y corredores ambientales, que implican la creación de suelo público, en dos modalidades: a) corredores ecológicos, vías y parques lineales, que articularían el Parque Frutihortícola con la Reserva del Suquía; b) Parques públicos en suelo transferido.
– Asentamientos rururbanos tradicionales, específicamente, los asentamientos de Villa Esquiú y San Ramón, y los márgenes de antiguo Camino a Santa Rosa.
– Área de actividades industriales y servicios, compatibles con la actividad agraria.
Consideraciones respecto de la gestión
La propuesta de Parque Agrario se enmarca en la del Plan de Manejo del Sector Este, bajo un régimen de gestión específica que demandará una readecuación normativa y la aplicación de instrumentos adecuados.
Para que el Parque Agrario cumpla con el objetivo de gestión del territorio productivo, se definen tres instrumentos fundamentales para garantizar la estabilidad territorial, promover el desarrollo y posibilitar su dinamización:
1. El ente gestor que, dotado de iniciativa, de recursos humanos, económicos y de competencias, promueva el desarrollo económico de las explotaciones agrícolas y el mantenimiento y la mejora de la calidad ambiental del Parque, partiendo de una gestión integral del espacio productivo en cuatro ámbitos generales: la producción, la comercialización, los recursos y el medio (Consejo del Parque Agrario del Este).
2. El plan de ordenamiento territorial que, como figura urbanística, delimita el ámbito territorial del Parque Agrario, regula su utilización y define sus infraestructuras generales. Tiene finalidades urbanísticas y territoriales y sus propuestas son “normativas” en esos aspectos.
3. El plan de gestión y desarrollo, que establezca las líneas estratégicas, los objetivos específicos y las medidas de actuación para los distintos ámbitos de gestión del ente, basándose en el objetivo general del parque y el acuerdo entre los miembros del ente. En esa línea sus propuestas son indicativas de instrumentos económicos relativos a la producción y comercialización, fiscalidad, etc., que aseguren la rentabilidad y las correctas condiciones laborales y productivas en las fincas e instrumentos de gestión de suelo que permitan al sector público (básicamente municipal) obtener suelo necesario para la creación de espacios públicos. Un adecuado mecanismo de gestión, que involucre al estado Municipal (y eventualmente otros niveles del estado), los productores y otras organizaciones y actores sociales del área.
La gestión del Parque Agrario tiene que ser conservadora en la protección de sus valores, debe tener una actitud positiva, imaginativa, creadora y, en consecuencia, activar las funciones del parque agrario. Los valores deben protegerse, las funciones, desarrollarse. Lo que tiene una importancia fundamental en un parque agrario (sin excluir ninguna de las demás) son las funciones económicas que se desarrollan en su interior, teniendo en todo momento presente, por supuesto, no estropear, y si es posible mejorar, sus valores productivos, ecológicos y culturales.
Síntesis de los objetivos generales y líneas estratégicas
El Parque Agrario del Este como objetivo general consolidar y desarrollar la base territorial y facilitar la continuidad de la actividad agraria, impulsando programas específicos que permitan preservar sus valores productivos, históricos e identitarios y desarrollar las funciones del espacio agrario en el marco de una agricultura sostenible integrada en el territorio y en armonía con el medio natural.
Este objetivo general se orienta hacia cinco líneas estratégicas:
1. Conseguir la eficiencia de las infraestructuras y los servicios generales del territorio agrario.
2. Promocionar sistemas de producción y comercialización que favorezcan el incremento de las rentas generadas por las explotaciones agrarias.
3. Fomentar la implantación de servicios y la modernización de las explotaciones agrarias para mejorar su viabilidad.
4. Conseguir un espacio de calidad integrado en el territorio y en armonía con el medio natural.
5. Consolidar y dar a conocer el patrimonio natural y cultural del Parque Agrario sin interferencias con la actividad agraria.
Estas cinco líneas estratégicas se desarrollan en un conjunto de objetivos específicos y acciones, formuladas de manera preliminar.
Instrumentos normativos y lineamientos de gestión.
Se propone para la gestión institucional-administrativa del área propuesta la creación de un Consejo del Parque Agrario constituido por el Municipio, otros niveles del Estado que se consensue integrar, y representación de los productores frutihortícolas, las organizaciones que los agrupan y otros colectivos y actores sociales con raigambre y actuación en el área. Como se describe en este mismo estudio al analizar antecedentes y ejemplos del Parque Agrario propuesto, se trata de un ente gestor que, dotado de iniciativa, de recursos humanos, económicos y de competencias, promueva el desarrollo económico de las explotaciones agrícolas y el mantenimiento y la mejora de la calidad ambiental del Parque, partiendo de una gestión integral del espacio productivo en cuatro ámbitos generales: la producción, la comercialización, los recursos y el medio.
Otro lineamiento político administrativo posible es crear un CPC Zona Este que abarque la zona completa, reduciendo la jurisdicción de los CPCs actualmente con competencia en el área. Pueden también potenciarse y ampliarse las competencias de organismos o instituciones existentes, como el Mercado de Abasto, la Universidad Nacional de Córdoba y otras radicadas en la ciudad, las asociaciones vecinales, etc. A continuación se listan los principales instrumentos normativos que se proponen como herramientas de gestión activas para el desarrollo planificado del área.
Parque agrario (Área Rural Protegida):
Zona de producción agrícola sustentable y servicios ambientales combinados con residencia de baja densidad y equipamientos y servicios complementarios
Usos:
– Espacio público parquizado con al menos un 50% de superficie dedicada a la regeneración de bosque nativo o zonas de experimentación frutihortícola con acceso controlado. Puede albergar también baterías solares, parques eólicos, biodigestores, etc.
– Cultivos de huerta en predios privados
– Residencia unifamiliar en chacras de 4.000 m2 de superficie
En predios de una (1) hectárea de superficie o más se admitirá la construcción de más unidades de vivienda con la condición de mantener un 60% del suelo disponible para cultivos agroecológicos o donar un 35% del predio para la apertura de espacios públicos. La cantidad de viviendas estará sujeta a la recomendación de capacidad de carga del ambiente con desagüe cloacal por lechos nitrificantes (“sangría”) u otros dispositivos aceptables desde el punto de vista ambiental. Comercio, gastronomía y servicios complementarios, hasta 200 m2 en chacras de 4.000 m2 de superficie o 2.000 m2 por hectárea en predios con donación o compromiso de suelo. En caso de usos mixtos con vivienda, se considerará 200 m2 de comercio=una unidad de vivienda. En todos los casos, las superficies son tentativas y sujetas a estudios definitivos al realizarse el plan.
Zonas de urbanización consolidada:
En predios de 5.000 m2 o más ubicados en áreas con red cloacal y próximos a una vialidad o línea de transporte masivo, con donación de un 40% para localizar espacio público o equipamientos sociales, educativos o de salud, se admitirán usos mixtos residenciales de media-alta densidad (modelo PROCREAR LICEO, hasta 4 pisos de altura) con usos complementarios. En esas zonas se podrán recibir Equivalencias de Transferencia de Capacidad Constructiva de predios rurales. En todos los casos, las superficies son tentativas y sujetas a estudios definitivos al realizarse el plan.
Equivalencia de transferencia de capacidad constructiva :
Similar a la establecida para edificios patrimoniales en la normativa urbanística. Se otorga a quienes se comprometan a desarrollar actividades rurales intensivas y agroecológicas en su predio, o a ceder al Municipio o a la provincia en concesión, uso superficial según CCyC o propiedad directa, para parque, bosque nativo o programas piloto de experimentación agroecológica u otros usos (como por ejemplo granjas solares). Pueden ser utilizados en zonas de promociones establecidas por la normativa vigente o aquellas que se incorporen, como por ejemplo los ex talleres FORJA o el futuro Distrito Abasto, o el Área de Consolidación Urbana aquí propuesto.Puede incluir un tributo a la ETCC afectado a un fondo de afectación específico para desarrollo del Parque Agrario propuesto.
Distrito frutihortícola o agroecológico:
Similar al Distrito Tecnológico de Parque Patricios en CABA o a otros distritos de la misma ciudad, premia con excepciones de impuestos a la actividad. Estos Distritos porteños son solo exenciones perimetrizadas de Contribución Territorial, ABL e ingresos brutos por diez años y no son distritos de planeamiento que regulan usos y edificabilidades. Puede mejorarse su implementación implementando distritos que involucren el uso, fraccionamiento y limitación constructiva adecuada, además de la exención tributaria. Puede involucrar también en esto a la Provincia y la Nación (aunque por supuesto esto implicará negociaciones no necesariamente sencillas) con el argumento del costo fiscal que se ahorrarán en proveer de infraestructura y servicios a expansiones desordenadas (ver al respecto las declaraciones del Subsecretario de Planeamiento Urbano de la Nación en el reciente Foro Periurbanos hacia el consenso). Por supuesto, esto requiere cuantificar cuales son los impuestos que pagan los productores a cada nivel del Estado.
Conformación de fideicomisos o acuerdos de reparcelamiento:
Para diferenciar dentro de la zona áreas de consolidación urbana, parques públicos y áreas rurales protegidas, como en la Operación Nuevo Usme de Bogotá. Las zonas de consolidación urbana que se establezcan en Zona este también podrían recibir Equivalencias de Transferencia de Capacidad Constructiva tal como se plantea en el primer punto. En todos los casos se tratará de instrumentos promocionales voluntarios, no compulsivos.
Definición normativa de Áreas Rurales Protegidas:
Estableciendo parcelas mínimas, indicadores y condiciones de residencialidad "rur-urbana". Podría incluir, al modo de los barrios de viñedos en el valle de Uco en Mendoza o de cultivo de nuez pecán en el Delta bonaerense, la posibilidad de barrios de chacras (no privados) donde los residentes puedan vivir y que una empresa o cooperativa cultive en su propiedad.
Corredor verde metropolitano
La producción del Cinturón Verde constituye una agricultura periurbana que, a la vez de garantizar la provisión de alimentos de proximidad a la ciudad, se ve condicionada por las propias dinámicas expansivas urbano-metropolitanas que vienen obstaculizando su propia viabilidad económica y su supervivencia general. Más en específico, el proceso de retracción viene siendo producido principalmente por tres factores: 1) la presión del crecimiento urbano hacia el sector hortícola; 2) la ausencia de infraestructura e incentivos; 3) el avance de los cultivos extensivos, como soja, maíz, trigo y alfalfa. Las consecuencias más evidentes giran en torno a una sostenida disminución de su superficie cultivada, la merma en la diversificación de su producción y el abandono de las unidades productivas por parte del trabajador rural.
Históricamente el Cinturón Verde de Córdoba ha estado integrado por aquellos espacios rurales inmediatos a la ciudad, además de otras áreas fuera del ejido municipal como son Colonia Tirolesa y Colonia Caroya, al norte; Río Segundo-Pilar y Villa del Rosario, al sureste, y Río Primero, al este. La denominada “Zona Norte del Cinturón Verde” reúne a las áreas del Cinturón Verde que se encuentran dentro del ejido municipal, más las de Colonia Tirolesa y Colonia Caroya. En esta Zona el retraimiento de la actividad productiva ha sido particularmente dramática: entre el período 2000-2017 se verifica una reducción de más del 85% de la superficie destinada a cultivos hortícolas y una sobrevivencia de un 10 a 15% de los productores relevados en el año 2000. Asimismo, la diversidad de productos se ha visto fuertemente restringida. Sin embargo, la estrecha relación con la ciudad de Córdoba abre un conjunto de oportunidades para este espacio productivo como un ámbito de servicios ambientales a la ciudad. Y ello se vincula con que, a nivel mundial, las áreas productivas han dejado de ser consideradas áreas ornamentales o reservas para la expansión, para convertirse en espacios de desarrollo de la ecología urbana: promueven la mejora del clima, operan como áreas biodigestoras de contaminantes y abastecedoras de agua, aire puro y recursos protectores de cuenca, así como reguladoras de polvo y ruidos. También, como espacios de refugio de especies animales y vegetales. En definitiva, se trata de ámbitos productivos y reguladores urbanos, pero a su vez constituyen paisajes culturales (sobre la base de sus atributos originales como campos cultivados, trazas rurales, canales de riego y núcleos poblados), que albergan ámbitos educativos y recreativos, e integran activamente la oferta de espacios verdes y públicos de la ciudad de Córdoba y de las localidades metropolitanas próximas.
Se propone la creación de un “Corredor Verde Metropolitano”, relativamente coincidente con la denominada Zona Norte del Cinturón Verde, que comprende tres grandes áreas productivas a saber: Córdoba, Colonia Tirolesa y Colonia Caroya. Se trata de una amplia superficie rural, de configuración lineal, que cubre alrededor de 30 mil hectáreas y que se desarrolla a los largo de 50 kilómetros en sentido norte-sur, prácticamente en paralelo a la RN9.
La delimitación que se muestra en el gráfico es a los fines de una primera aproximación. Involucra directamente a las localidades de Córdoba, Malvinas Argentinas, Colonia Tirolesa y Colonia Caroya, y de manera tangencial, a Estación Juárez Celman, Estación General Paz y Jesús María, centros urbanos que pueden verse directamente beneficiados por la creación del Corredor y que, a su vez, pueden oficiar como puntos de acceso al mismo.
El planteo estructural del Corredor debería definir:
- Áreas homogéneas: posible categorización de áreas en función de indicadores como urbanización (por ejemplo, área urbana, rururbana, rural), rol (áreas puramente productiva, área recreativa, área ecológic y producción (áreas agrícolas activas, desestructuradas, degradadas, desafectadas). Asimismo, un conjunto de acciones según las clasificaciones antemencionadas: protección, recualificación y/o remediación paisajística el paisaje agrícola y de ambientes naturales.
- Elementos lineales: es decir, el sistema de caminos, estableciendo categorizaciones tales como caminos de interés históricos-arquitectónicos y de interés paisajísticos-ambientales.
- Nodos: vinculados a la accesibilidad del Corredor y su función social, por ejemplo, puntos de información en la transición entre la vialidad urbano-metropolitana y el entramado rural; también, concentraciones de equipamientos en localizaciones estratégicas, miradores y paradores menores en los recorridos internos.
La propuesta del Proyecto Corredor Verde Metropolitano requiere de la elaboración de un Plan Especial que defina el modelo de gestión, el plan de manejo ambiental-productivo-paisajístico y el proyecto físico detallado de sus componentes estructurales.
En la porción del Corredor comprendida dentro de la jurisdicción de la ciudad de Córdoba se propone la creación del Parque Agrario del Este de Córdoba (integrado por dos figuras específicas: el Parque Frutihortícola + Parque y Reserva Natural del Suquía), anteriormente detallados.
EE
El Estudio Estrategias es una oficina de arquitectura y urbanismo con sede en Córdoba, Argentina. De su producción, ver también en café de las ciudades:
Número 102 | Proyectos de las ciudades (II)
Articulación y conexión territorial en Catamarca | Propuesta para la integración urbana de la Nueva Terminal de Omnibus | Celina Caporossi, Marcelo Corti y equipo de proyecto
Número 122 | Movilidad de las Ciudades
Civilizar, recuperar y conectar | Hacia un sistema integrado de movilidad en la Región Metropolitana Norte de Buenos Aires | Celina Caporossi y Fernando Díaz Terreno (Estudio Estrategias) |
Número 124 | POSICiones cordobesas
Tres ideas para Río Ceballos | Hacia la conformación de una Ciudad Parque | Celina Caporossi y Fernando Díaz Terreno (Estudio Estrategias)
Número 144 I POSICiones cordobesas
El Código de Urbanización de Embalse de Calamuchita I Un análisis crítico de la legislación argentina (XVIII) I Por Marcelo Corti, Celina Caporossi y Román Garabano (Estudio Estrategias y La Ciudad Posible)
Número (2)156 I Planes de las ciudades
Estudio de la Zona Norte de la ciudad de Córdoba I Planificación, fortalecimiento institucional y obras públicas para el desarrollo virtuoso de una periferia urbana. I Por Marcelo Corti, Celina Caporossi y Fernando Díaz Terreno (Estudio Estrategias)
Estudio de la Zona Este de la ciudad de Córdoba. Estableciendo las bases y fundamentos que permitan proyectar y desarrollar un ordenamiento urbano sustentable.
Agencia de Desarrollo Económico de Córdoba (ADEC) 2017/18. Unidad de Gestión. El estudio para la Zona Este de la ciudad propone lineamientos de planificación y gestión para el futuro del área y la regeneración del cinturón verde de la ciudad. Aquí puede verse la reseña del encuentro de presentación y bajar el resumen ejecutivo, el informe completo y el vídeo del área.
Equipo Técnico:
Coordinación General:
Mgter. Marcelo Corti
Dr. Fernando Díaz
Mgter. Celina Caporossi
(ESTUDIO ESTRATEGIAS)
Aspectos físicos del urbanismo y Proyecto urbano:
Arq. Nazario Héctor Páez Ferreyra
Sr. Marcos Crivelli
Srta. Rocio Conci
Catastro y valuación inmobiliaria:
Esp. Mario Andrés Piumetto
Lic. Sergio Sosa Quilaleo
Aspectos ambientales:
Lic. Alejandro Jurado
Aspectos sociales:
Dra. Natalia Cosacov
Aspectos legales:
Mgter. Hernán César Petrelli
Video institucional:
Lic. Leandro Naranjo
La Agencia para el Desarrollo Económico de la Ciudad de Córdoba (ADEC) es una institución sin fines de lucro que promueve el desarrollo económico y social de la ciudad de Córdoba y su región metropolitana. Este espacio público-privado –que está integrado por 46 entidades entre cámaras empresariales, colegios profesionales, las universidades de la ciudad y la Municipalidad de Córdoba– nació el 6 de agosto de 1997 en el marco del Plan Estratégico de Córdoba que promovió el entonces Intendente Rubén Martí. ADEC articula el accionar privado con el del sector público y promueve la reflexión acerca de las políticas para el desarrollo de la Ciudad de Córdoba y su área metropolitana.
Sobre equivalencias de transferencia de capacidad constructiva, ver la nota de Hernán Petrelli en nuestro número (2) 157/158.
Bibliografía
Álvarez, Teresita; Gordillo, Natacha. Cinturón Verde: cuadrante noreste. Propuesta de regulación: Área de protección agraria. Dirección General de Planeamiento Urbano, Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Estratégico. Municipalidad de Córdoba, junio 2015.
Delprino, María Rosa. Parques agrarios periurbanos: Herramientas de gestión para la consolidación y desarrollo del territorio. INTA-EEA-San Pedro. Trabajo presentado en el 2º Congreso de Ambiente y Sociedad de la Cuenca del Río Luján, 15 de agosto de 2014.
INTA. El cinturón verde de Córdoba: hacia un plan integral para la preservación, recuperación y defensa del área periurbana de producción de alimentos. Ediciones INTA, Córdoba. 2017.
Consorcio del Parque Agrario del Baix Llobregat. Ramón Terricabras Maranges. El Parque Agrario del Baix Llobregat. Un instrumento para la preservación, gestión y desarrollo de un espacio agrario periurbano (Baix Llobregat, España). Experiencia seleccionada en el Concurso de Buenas Prácticas patrocinado por Dubai en 2012, y catalogada como BEST.